Hola!! Les cuento que siempre leo el foro pero nunca me habia registrado. Ahora decidi hacerlo porque se me presento un caso y tengo algunas dudas.
Mi cliente trabaja para una unipersonal que hace mantenimiento de electricidad (obras y mantenimiento en edificios). Mi cliente es electricista pero no es matriculado. Mi duda es:
1- el convenio que le aplico es el de la UOCRA? el 220/75?
2 - la intimación de la registración es como cualquier otra? es decir, art. 8, 11 y 15 ley 24013? Porque me habia parecido leer en algun lado que en vez de aplicarse aquella ley habia que ir por la 22.250.
Mi cliente trabaja para una unipersonal que hace mantenimiento de electricidad (obras y mantenimiento en edificios). Mi cliente es electricista pero no es matriculado. Mi duda es:
1- el convenio que le aplico es el de la UOCRA? el 220/75?
2 - la intimación de la registración es como cualquier otra? es decir, art. 8, 11 y 15 ley 24013? Porque me habia parecido leer en algun lado que en vez de aplicarse aquella ley habia que ir por la 22.250.