La verdad es que intente desasnarme leyendo otros post pero cada vez tengo mas dudas. Les comento y pido disculpas desde ya por lo que les pregunto.
Los informes del Registro de la Propiedad Inmueble en Capital tienen una validez de 60 días corridos, que se cuenta desde que fueron expedidos por el registro.
Ahora bien, la validez que poseen los certificados es solo para presentarlos en el juzgado. Es decir no importa si luego el trámite se demora por diversas razones y al momento de inscribir la declaratoria, por ejemplo, pasaron más de 60 días.
O por el contrario, el plazo de 60 días es desde que se emitieron hasta que se inscribe la declaratoria.
Muchas gracias!!
Los informes del Registro de la Propiedad Inmueble en Capital tienen una validez de 60 días corridos, que se cuenta desde que fueron expedidos por el registro.
Ahora bien, la validez que poseen los certificados es solo para presentarlos en el juzgado. Es decir no importa si luego el trámite se demora por diversas razones y al momento de inscribir la declaratoria, por ejemplo, pasaron más de 60 días.
O por el contrario, el plazo de 60 días es desde que se emitieron hasta que se inscribe la declaratoria.
Muchas gracias!!