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  • DIVORCIO CAUSAL OBJETIVA PROVINCIA B.A.

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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #303780  por maveintiseis
 
Estimados: alguien me da una mano con esto?? tengo que iniciar un divorcio causal objetiva (sin consetimiento mutuo) en Moron. Es mi primer divorcio sin consentimiento y en Pcia. Por lo que veo existe una etapa previa donde interviene un consejero de familia..brevemente, en que consiste esto?? como interviene este consejero?? porque el codigo procesal no es del todo claro
mil gracias!
 #303805  por mantuleasa
 
una mediacion es.con consejero que trata de aconsejar, de mediar, de escuchar....es solo eso.....es un espacio para evitar el juicio.-
el codigo procesal no debe decir nada de eso.....pero bueno es tan facil la mediacion que es dificil que no te acostumbres
 #305345  por maveintiseis
 
buenisimo , gracias por tu respuesta! otra consulta hago ya que estamos en esto de la etapa previa..la demanda la presento con el sorteo en mesa receptora antes de la etapa previa? o una vez concluida esta ante el juzgado?
gracias de nuevo
 #305347  por keh
 
La experiencia que tengo en Tribunales de Familia en Mar del Plata, los divorcios por causales objetivas no tienen etapa previa, directamente se da traslado de la demanda y se fija la audiencia de ley ante el juez del 214 inc. 2 CC. Se puede dar el caso que contesten la demanda reconviniendo por divorcio contradictorio, de ello se da nuevo traslado y podes re-reconvenir. En Mar del Plata el criterio es que se puede desistir la audiencia.- Se presenta directamente la demanda.-
 #306682  por Marcelo577
 
Hola te comento, soy de Moron, y nuevo en el Foro. Por lo que te puedo informar, los tribunales de Flia de Moron son muy particulares. Es decir, el proceso se divide en dos partes, por un lado se encuentra la estapa previa, en la que es muy similar a una mediacion, donde se designa un consejero de familia, que es quien va a tratar de recomponer las cosas para evitar la siguiente etapa que no es la etapa previa, sino que en la misma comienza el contradictorio. La estapa previa deberia ser para la mayoria de los procesos, menos para cuestiones urgentes, como ser, ALIMENTOS, pero para que asi sea, en los trib de Moron, tenes que demostrar que la necesidad alimentaria del menor es por demas urgente, el menor tendria que estar semi desnutrido. Es una verguenza, pero lamentablemente es asi. Despues, respecto del divorcio, te designan una audiencia en la que puede o no haber arreglo, si no lo hay pueden seguir fijando indefinidamente audiencias, pero ahi esta tu trabajo, de decirles al tribunal que queres manifestar que para tu cliente se agoto esa etapa, para que puedas pasar al contradictorio, de lo contrario, van a tratar de conciliar hasta que una de las parte diga, me canse y se da por agotada esa etapa. Espero que te sirva. Saludos a todos los colegas, ya que hay preguntas y respuestas, que creia que solo a mi se me presentaban. :mrgreen:
 #309750  por maveintiseis
 
Gracias Marcelo por compartir tu experiencia..ya algo me habia comentado otra colega con los problemas de los tribunales de familia en Moron, espero pueda contarles una experiencia mejor
saludos
 #310054  por amdg
 
HOLA COLEGA, ACORDE A LA NORMATIVA VIGENTE EN LA PBA, TENES QUE PRESENTAR EL FORMULARIO CORRESPONDIENTE SOLAMENTE COMPLETANDOLO EN AMBAS CARAS Y POR DUPLICADO Y PRESENTARLO EN RECEPTORIA PARA QUE TE ASIGNEN TRIBUNAL, DE ESTA FORMA VAAN A SACAR UN DESPACHO QUE TE VA A DESIGNAR UNA AUDIENCIA CON EL CONSEJERO DE FLIA QUE VA A TRATAR DE COMPONER LA SITUACION, SINO LUEGO SE INTERPONE LA DEMANDA, ESPERO TE SIRVA. DE ULTIMA Y PARA NO PERDER TIEMPO PASA POR LA MESA DE ENTRADAS DE ALGUN JZGDO. DE FLIA DE MORON Y PREGUNTA CUAL ES EL CRITERIO UTILIZADO SI VAN CON O SIN DEMANDA PARA EL CASO DE ALIMENTOS Y DIVORCIO ( OJO SON DOS CAUSAS DIFERENTES Y TRAMITAN POR SEPARADO)