Disculpen que disienta. Yo no creo que 'de público y notorio' sea una frase 'de forma' o de relleno. El testigo responde a todas las preguntas que se le formulan y, al final, se le pregunta (en esencia) 'Lo declarado por Ud. ¿lo considera de conocimiento público y notorio?'. El deponente puede contestar que sí o que no, y pedir que se le aclare a cuál de las preguntas y de los hechos se refiere esa última. Es más, creo que hasta podría ser interrogado por ampliación para que diga si puede mencionar a alguien que haya tenido o tenga conocimiento de ese hecho. No es poca cosa.
'Hay personas que estudian abogacía porque quieren saber Derecho,
y otras que estudian Derecho porque quieren ser abogados'
"La ignorancia no es otro punto de vista"