Chicos, justamente hoy me comentaron del caso de una señora separada de hecho que tramitó su pensión directamente en Anses. Esta señora, fue en diciembre a Anses donde inmediatamente le dieron turno (yo tengo pedidos desde diciembre y todavía no me los asignan) estaba separada de hecho del marido, desde hacía 30 años, la señora tiene domicilio en Rosario y el ex marido tenía domicilio en Chaco y murió allí, también tenía concubina desde hacía 20 años. Las dos iniciaron el trámite de pensión, la concubina en Chaco, y la cónyuge en Rosario. A la de Rosario le salió acordado el beneficio al día siguiente de iniciado (una razón más para no recurrir a un abogado) ya le asignaron fecha de cobro, y tiene que ir a Chaco para cobrar. A la concubina también se la acordaron, así será 50 y 50%.
Siguiendo el criterio de fabidoc, sería lo correcto ya que no puede determinarse el culpable de la separación, pero porque la hacen ir a cobrar a Chaco? ESto huele mal!!
Además se ve que cuando las pensiones las inician ellos, pese a que los domicilios no coincidían, no hacen la ambiental.