Colegas, vuelvo sbre este post, porque tengo ciertas dudas de interpretación del estatuto de la construccion y CCT aplicable.
Partamos del siguiente supuesto: Trabajador accidentado. ART rechaza caracter laboral. Apela a la junta medica, pero no tiene dictamen. Por lo que se lo considera incurso desde ese dia en enfermedad inculpable. 3 meses de pago de salarios (antiguedad menor a 5 años).-
El problema se me plantea en la interpretación del periodo de reserva de puesto de acuerdo al art. 23 2do parrafo del CCT y la extincion de la relación laboral conforme art. 23 3er parrafo CCT y 22 ley 22.250.-
La cuestion es que me resultan contradictorios, en este sentido: el trabajador tiene derecho a salario durante 3 meses (segun el supuesto planteado). De acuerdo al art 23 2do parrafo CCT, vencido dicho plazo, el empleador DEBERA reservale el puesto por el tpo de ejecución de la obra, tarea especifica, con maximo de 1 año. Resulta similar a lo dispuesto por LCT, en tanto obligación de reserva.
Ahora bien, los arts. 23 3er. parrafo y 22 de 22.250 hacen referencia a la extición del vinculo durante el periodo pago de la licencia por enfermedad inculpable, diciendo que si el empleador decidiera dar término a la relación laboral, deberá abonar los salarios hasta cumplimentar los 3 meses que debían ser pagos.
Como se entiende esto de modo de no interpretar que existe una contradiccion entra las normas? Porque no se establece sancion alguna para la extincion de la relacióon laboral durante la enfermedad inculpable, entonces que sentido tiene que obligue por otro lado a la reserva de puesto? Que opinion tienen?
Si no fui clara me dicen, es medio engorroso! La verdad me parece un tema interesante a esclarecer!
Saludos a todos.