Hola!! se me plantearon muchas dudas con este tema, espero alguien me pueda ayudar:
Se apelaron honorarios del sindico por bajos de manera generica sin dar fundamentos.
Se concede el recurso.
Mi duda es la siguiente: en este tipo de apelacion es obligatorio presentar memorial?
se deben exponer los fundamentos al momento de interponer el recurso o una vez concedido dentro de los 5 dias?
Yo estaba por presentar memorial pero lei en un libro que dice lo siguiente: "-..ambas partes tienen cinco dias desde notificacion para interponer recurso, y en ese mismo escrito tienen la facultad de fundar o no el recurso esto es, de expresar los motivos por los cuales lo consideran altos o bajos. De no hacerlo en esa oportunidad no podran hacerlo despues (art.244)"
Diran que esta muy claro pero al leer el art. 244 interpreto otra cosa.
Gracias por su atencion!!
Se apelaron honorarios del sindico por bajos de manera generica sin dar fundamentos.
Se concede el recurso.
Mi duda es la siguiente: en este tipo de apelacion es obligatorio presentar memorial?
se deben exponer los fundamentos al momento de interponer el recurso o una vez concedido dentro de los 5 dias?
Yo estaba por presentar memorial pero lei en un libro que dice lo siguiente: "-..ambas partes tienen cinco dias desde notificacion para interponer recurso, y en ese mismo escrito tienen la facultad de fundar o no el recurso esto es, de expresar los motivos por los cuales lo consideran altos o bajos. De no hacerlo en esa oportunidad no podran hacerlo despues (art.244)"
Diran que esta muy claro pero al leer el art. 244 interpreto otra cosa.
Gracias por su atencion!!
VMA.-