Tengo una duda, si presento la DDJJ de Ganancias y Bs. Personales en Abril/09 por el año 2008 de un contribuyente , y en Julio de 2009 por ejemplo se le ocurre regularizar el IVA de los años 2006/2007 y las DDJJ de Ganancias , amen de haber declarado pasivos inexistentes , luego declara mercaderias y un inmuble adquirido y no declarado en su oportunidad . Que pasa con las DDJJ anuales 2008 de Ganancias y Bs Personales , obviamente debo rectificarlas ??? No deberian postergarse los vtos ??? ya que para mi (o para todos) es un problema presentar en Abril un patrimonio que hasta Agosto de 2009 puede ser cambiado ?? , o estoy muy confundido con mi razonamiento ???