Hola chicos como estan, tengo un caso de un Sr. que tiene casi todos los años de aportes pero solo tiene 60 años, lei por ahi q los portuarios estan incluidos en el regimen especial, pero no encuentro normativa exlusiva al respecto, por lo q mi duda es si alguien sabe si se jubilan a la misma edad q los demas o sea a los 65 o si a los 55 o 58, mil gracias chicos por su ayuda!
