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 #320421  por Beto
 
HOLA HACE POCO ME RECIBI, Y QUISIERA PREGUNTAR SI PARA LOS ABOGADOS CORREN LOS HORARIOS DE VISITA, EN LAS DEPENDENCIAS POLICIALES O EN LAS CARCELES.
YA QUE UN SUBCOMISARIO "MUY AMABLEMENTE", ME MENCIONO QUE VALLA A VER A MI CLIENTE EN LOS HORARIOS DE VISITA. ESTO ES ASI?, O PUEDO IR EN CUALQUIER MOMENTO., GRACIAS POR SU COLABORACIÓN.
 #320549  por Pandilla
 
Entiendo que existen esa especie de horarios; sin embargo, por otro lado, el CPP no prescribe restricciones. Tal vez, la cuestión se relaciona más con las posiblidades y las disponibilidades internas y de funcionamiento de la Comisaría.

Saludos.
 #320961  por PenalistaCBA
 
Beto escribió:HOLA HACE POCO ME RECIBI, Y QUISIERA PREGUNTAR SI PARA LOS ABOGADOS CORREN LOS HORARIOS DE VISITA, EN LAS DEPENDENCIAS POLICIALES O EN LAS CARCELES.
YA QUE UN SUBCOMISARIO "MUY AMABLEMENTE", ME MENCIONO QUE VALLA A VER A MI CLIENTE EN LOS HORARIOS DE VISITA. ESTO ES ASI?, O PUEDO IR EN CUALQUIER MOMENTO., GRACIAS POR SU COLABORACIÓN.
Según sostienen las autoridades policiales...por cuestión de seguridad y atención a los detenidos (por tema visitas de Flia.) existen horarios establecidos para que los letrados podamos ver a los detenidos en dependencia policial...Esa es la regla...ahora viene la excepción...En caso de que seas amigo de los canas..esas reglas se flexibilizan al punto de que entras a cualquier hora y a cualquier día... :P

Una aclaración...salvo excepciones no se aplica las reglas del CPP para el tema de visitas de detenidos en alojamiento policial... ya que es tema privativo de organización interna de la dependencia policial.... 8)

espero le sirva la referencia Doc. ... 8)
 #321043  por feragus
 
Si vas a visitarlo, acordate siempre de pedir en el juzgado un certificado de que sos el abogado defensor. Te lo digo, porque algunos abogados piensan que el juzgado comunica a la cárcel eso y no, tenés que llevar el certificado (lo presencié con un boga que se fue hasta Marcos Paz y no lo dejaron ver a su cliente, quizá se quiso hacer el vivo, no sé).
 #321117  por DonGonzalez
 
Estimado Beto,
desde ya que no puede existir horario para ejercer el derecho de defensa,
y la posibilidad de visitar a tu defendido está más q amparada por las
normas q emanan de aquella garantía constitucional,
por otra parte está claro q ello dependerá de cual posición se quiera adoptar
en la relación con las autoridades policiales toda vez q ello puede redundar
en otro tipo de perjuicio para con el detenido...
Espero t haya sido util el comentario,
quedo a tu disposición para cuanto necesites,
un cordial saludo...
 #321157  por PenalistaCBA
 
DonGonzalez escribió:Estimado Beto,
desde ya que no puede existir horario para ejercer el derecho de defensa,
y la posibilidad de visitar a tu defendido está más q amparada por las
normas q emanan de aquella garantía constitucional,
por otra parte está claro q ello dependerá de cual posición se quiera adoptar
en la relación con las autoridades policiales toda vez q ello puede redundar
en otro tipo de perjuicio para con el detenido...
Espero t haya sido util el comentario,
quedo a tu disposición para cuanto necesites,
un cordial saludo...
Si bien desde el punto de vista estrictamente teórico - doctrinario al colega preopinante le asiste toda la razón...lamentablemente desde la práxis judicial, ello no deja de ser un mero anelo de buena administración de justicia... :shock:

El derecho que tiene los abogados de entrevistarse con sus asistidos, NO ES ABSOLUTO, y como todo derecho, está sujeto a la reglamentación que en este caso lo puede establecer el Servicio Penitenciario (en caso que esté alojado en dependencias de su órbita) o las autoridades policiales, en caso de que esté alojado en comisarias o alcaldías dependientes de ellos.

En lo personal me parece todo un atropello a nuestra profesión, que dentro del horario dispuesto por la propia autoridad administrativa del lugar de alojamiento de un detenido, se me exija para verlo un CERTIFICADO!!!!!.... :roll: ... pues además de ser excesivo dicho requisito, tampoco se ajusta a la confidencialidad que debe existir entre profesional -cliente... Y esto por más que técnicamente el detenido que vayamos a ver, aún no sea nuestro asistido. Pues asiste derecho al letrado de interiorizarse no sólo de la causa, sino también de la persona del futuro cliente.... :shock:

Bueee...en definitiva...en la praxis judicial es a cara de boga conocido...si sos nuevo, no te conocen, o te cargan el azzzcoooo...funciona el pesado aparato administrativo....y si sos amigo del comisariooo....jejeje...ta todo bien maestroooo!!!!... :lol:
 #321178  por Moniluj
 
Todos hombres... en fin, lo que dice penalista es verdad... pero si sos mujer, suelen no correr las excepciones administrativas...
 #321190  por PenalistaCBA
 
Moniluj escribió:Todos hombres... en fin, lo que dice penalista es verdad... pero si sos mujer, suelen no correr las excepciones administrativas...
Mí estimada Doctora... le puedo asegurar que unas buenas minis, un escote bien pronunciado y una agraciada presencia...hacen maravillas!!!!...jejejeje... :lol:
 #321195  por Moniluj
 
Sabía que ibas a acotar algo... pero en una madrugada aburrida, mirándose más de dos minutos entre hombres nada más... ni siquiera hace falta una minifalda...
 #321219  por PenalistaCBA
 
Moniluj escribió:Sabía que ibas a acotar algo... pero en una madrugada aburrida, mirándose más de dos minutos entre hombres nada más... ni siquiera hace falta una minifalda...
juajajajaja.... que puerquitossss.... :lol: ... pero bueee...así es el amorrr.... :lol: