Hola a todos. Mi consulta es la siguiente: Mi cliente es despedido sin causa, le van a abonar indem. x antiguedad, sac prp., preaviso, vac prop. etc. Tiene que ir a la empresa a cobrar la liquidacion final.Pero en la C.D. que manda la empresa le indican que le retendrán de la liquidación final el embargo alimentario y una deuda por un prestamo con la mutual del gremio. Mi cliente tiene un embargo alimentario. A él le retenian en concepto de alimentos el 30% del sueldo. Mi consulta es: ¿ Cuando cobre la liquidacion final le retienen el 30% del total de la indemnizacion y el empleador la deposita a la cuenta de la esposa? ¿ O solo le tienen que descontar el 30% del último sueldo? Si alguien me orienta, le estare agradecido.