Hola a todos! Les consulto sobre el regimen laboral de obreros de la construccion.- Es incompatible con la ley 24013. yo creo q no porq la ley no los excluye. Uds. q opinan sobre esto? Les consulto sobre este caso q me pregunto un colega. El tema es asi un obrero de la construccion es despedido verbalmente, hace una semana, estaba en blanco. Para entrar a lo obra, lo hacia dando el dni al vigilante de la puerta. Ahora bien, este sr. se entrero q sigue otra persona entrando con su DNI.-Tendria q mandar tcl, solicitando le aclaren situacion laboral y denuncnaidno esta irregularidad o no? Desde ya muchas gracias a todos. Espero me puedan ayudar! Saludos!.-
La ley 24013 se aplica (no así la 25323)
Leé bien el decreto reglamentario de la ley, que contiene las pautas.
Intimá se aclare situación laboral y otorgamiento de ocupación efectiva, como en cualquier contrato laboral.
Saludos!