gadriana escribió:Bueno si el artículo es así, perecería ser un gato común. Preguntale en que se funda para decir lo contrario, antes de intimar a nada, sacale info. Atte.
Hola Adriana. Recibí respuesta del administrador aunque no es muy claro y no me convence para nada. Me parece, aparte, que la ley 13.512 deja claro que el administrador tiene la obligación de que el edificio sea seguro.
Pego aqui debajo lo que me envió. En el post anterior está parte del reglamento del edificio:
En éste Edificio hay muros maestros en el sector numérico, en el alfabético hay extructura y medianeras o paredes divisorias. Medidores de luz y gas estamos de acuerdo, como te dije aunque son de Edenor y Metrogas y si les pasa algo no podemos tocarlos hay llamarlos a ellos. Y las cañerías principales son las principales del Edificio, vale decir que si cerras esa cañería principal dejas sin suministro al Edificio y eso se cumple en todos los casos. Evidentemente no tiene carácter taxativo, pero siempre se refiere a cosas de uso común, y el beneficio en común es hasta cada medidor, porque es una sola cañería, la principal que alimenta a todas las unidades, después de distribuir a cada medidor es de uso exclusivo, sino habría un solo medidor para todos, y sería más complicado.
Además te comento que yo antes vivía en un Edificio de las misma antigüedad que éste y reglamento de copropiedad era igual lo consulte y tuve que hacerme yo la instalación por mi cuenta, inclusive para más información, los desagües comunes en un departamento son a partir del desagüe o descarga del inodoro o sea todos los desagües de un departamento van al codo que se llama Yola que es justo lo que está debajo del inodoro y a partir de ahí todo va a la cloaca, que es la parte que le corresponde al Consorcio, o sea del inodoro para afuera.
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Gracias de nuevo!