Hola, yo te recomiendo que leas la ordenanza fiscal y tarifaria de tu municipio (y en su caso las ordenanzas que los modifiquen) porque los municipios tienen potestad tributaria, es decir que pueden legislar y establecer una prescripción distinta de la de 5 años, no estan obligados a la prescripción quinquenal.
Si bien la mayoría adoptan los 5 años a fin de no generar inconvenientes.
Como ejemplo, yo soy de Bariloche y tenía 10 años, pero a raiz de las presentaciones realizadas administrativas y judiciales, y por los fallos en contra de los juzgados, lo modificaron por ordenanza y adoptaron los 5 años.
Voy a buscar que libros te recomiendo que leas. (Acordate que cambia segun cada municipio) y en la parte practica me fijo que tengo y te cuento.
Nunca debemos hablar bien ni mal de nosotros mismos. Si hablamos bien no nos creerán, y si hablamos mal nos creerán fácilmente. Confucio