Sr. jubilado en ferrocarriles, le envian C.D., que dice que informados por Anses de que accedio a la jubilacion se cumplio la condicion resolutoria del contrato, le requieren que en plazo hs. 48 ratifique o rectifique dicha circunstancia en virtud del principio de la buena fe,....que renuncie a su empleo, evitando que su empleador extinga el contrato.
El tema es que este Sr. se jubilo, y no lo notifico, porque temia perder su trabajo.
Mañana yo tengo que contestar y la verdad que no tengo idea, estoy leyendo y no se si puedo aplicar el art. 253 de LCT .
Gracias
El tema es que este Sr. se jubilo, y no lo notifico, porque temia perder su trabajo.
Mañana yo tengo que contestar y la verdad que no tengo idea, estoy leyendo y no se si puedo aplicar el art. 253 de LCT .
Gracias
La justicia en Argentina, anda sobre ruedas, o sea que aparte de ciega es paralitica!!!