Electra, que tal! Intentaré ser lo más clara posible.
El Decreto Nº 436/00 viene a reglamentar el Capítulo VI ("De las Contrataciones") de la Ley de Contabilidad Pública (DecretoLey Nº 23.354 ).Por lo que dicha norma debe ser entendida como un Decreto Reglamentario.
Ahora bien, a fin de dotar de mayor transparencia y celeridad a los procedimientos de selección, el Poder Ejecutivo, en uso de facultades delegadas por el Congreso, dicta en el año 2001 el Decreto Nº 1.023 por el que se aprueba el Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional.
Asimismo, por ese Decreto se deroga el capítulo VI de la ley de contabilidad.
En resumen, frente a la pregunta ¿ qué norma tengo que utilizar? La respuesta debe ser el Decreto Nº 1.023 por ser el régimen vigente aplicable a las contrataciones de bienes y servicios.
El problema que se plantea es que aún el 1023/01 no ha sido reglamentado. Por dicha circunstancia, el propio Decreto establece que hasta tanto no se reglamente el Dto. 1023/01, regirán las reglamentaciones vigentes, es decir, el Decreto Nº 436/00.
Lo ilógico del sistema es que teniendo un régimen jurídico (Dto. 1023/01) se utiliza como reglamento una norma anterior ( 436/00). Una cosa de locos!!!!
Espero haber sido clara.
Te cuento por si te interesa a vos o a cualquiera que leea ésto , que en mayo voy a estar dando un curso sobre contrataciones.
Cualquier cosa, por privado te paso los datos.
Saludos.