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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #326402  por Vivor
 
Hola amigos del Foro!

Se me presenta una duda sobre alegatos en Laboral (Capital Federal) ya que es la primera vez que voy a hacer uno.

El proveido que me hace saber que los autos "se encuentran en estado de alegar dice que se puede presentar la correspondiente memoria escrita en el plazo de 10 dias"

La pregunta concreta es si en laboral es como en civil que puedo retirar el expediente del juzgado (art. 482 CPCC) para prepara el alegato.

Como funciona esta cuestión???

Muchas gracias por los aportes que me puedan hacer.

Saludos!

Vivor
 #326574  por MAE
 
Si tenes que retirar el expediente y hacer tu alegato, es como en civil.
 #327501  por GU
 
En Capital (Laboral) el expediente no se retira. El plazo es comun para ambas partes (no existiendo un plazo primero para la actora y luego para la/s demandada/s).

Si el expediente es voluminoso, podes pedir fotocopias de las partes que necesites darle un mayor estudio.

En los juzgado, cuando estas haciendo el estudio del expediente para el alegato, suelen ofrecerte una silla fuera de la mesa de entradas por dos razones: 1) Para que el abogado pueda trabajar mas comodo, y 2) Para que no les jodas la mesa de entrada 3 horas parado mirando un expediente y copiando numero de fojas.

Salutes!
 #328607  por MAE
 
Perdon, olvide el detalle de la Jurisdiccion, que dificil para ustedes de capital no poder retirar el expediente, en la mia ( Santiago del Estero) se lo retira tanto en la civil como en la laboral.
 #328657  por Vivor
 
Clarisimo.
Muchas gracias!!!!!! :D