Hola amigos del Foro!
Se me presenta una duda sobre alegatos en Laboral (Capital Federal) ya que es la primera vez que voy a hacer uno.
El proveido que me hace saber que los autos "se encuentran en estado de alegar dice que se puede presentar la correspondiente memoria escrita en el plazo de 10 dias"
La pregunta concreta es si en laboral es como en civil que puedo retirar el expediente del juzgado (art. 482 CPCC) para prepara el alegato.
Como funciona esta cuestión???
Muchas gracias por los aportes que me puedan hacer.
Saludos!
Vivor
Se me presenta una duda sobre alegatos en Laboral (Capital Federal) ya que es la primera vez que voy a hacer uno.
El proveido que me hace saber que los autos "se encuentran en estado de alegar dice que se puede presentar la correspondiente memoria escrita en el plazo de 10 dias"
La pregunta concreta es si en laboral es como en civil que puedo retirar el expediente del juzgado (art. 482 CPCC) para prepara el alegato.
Como funciona esta cuestión???
Muchas gracias por los aportes que me puedan hacer.
Saludos!
Vivor