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  • Que causal invoco para contestar Divorcio?.Ayuda

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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #327180  por maria80
 
Colegas resulta que a mi cliente le llegó la cédula de notificación, ya que su esposa lo demanda por divorcio vincular, aqui en esta provincia, van primero a conciliación y después de la segunda audiencia corre el plazo para contestar la demanda. Mi duda es porqué causal me conviene demandar, las pruebas que tengo son: que ella se fue del hogar, que está en otra provincia con el hijo menor de ambos, según mi cliente con otro hombre, ella le confeso que queria separarse y que veia a la otra persona, mi cliente tiene documentacion enviada por este otro hombre a su esposa cuando aun ella estaba en esta provincia.
puedo reconvenir por adulterio, vale esta documentacion (tarjeta romantica)...
o por abandono del hogar, él tiene la constancia que él hizo cuando ella se fue.
por el contrario ella dice que se fue por malos tratos, lo cual no es cierto.
Que me aconsejan, ya que son mis primeros pasos.MUCHAS GRACIAS
En la contestacion puedo pedir que se vea la cuestión de los alimentos??? ya que le están descuentando los provisorios
 #327307  por mfrinland
 
Hola, tu cliente si o si quiere reconvenir por alguna causal?, no es aconsejable llevar adelante un juicio asi, si ya estan separados y no hay vuelta atras. Yo contestaria la demanda negando los malos tratos y solicitando la conversión en comun acuerdo. Si insiste en seguir, lo encuadraria en INJURIAS GRAVES, ahi entran todas las causales que vos invocaste y no corres el riesgo de por ej. no poder provar el adulterio, que si no lo probas como tal, si encuadra en injuria, es una causal mas amplia.
Espero ser util.
Cordialmente
 #327326  por moniba13
 
Hola María. acá en Bs As cuando contestás la demanda si querés reconvenir debés hacerlo en la misma contestación, primero se contesta y luego en punto aparte se reconvine.
si vos tenés pruebas, y de hecho las tenés porque ella está viviendo en otro lado, sería abandono voluntario y malicioso, injurias graves (que el adulterio quedaría comprendido o subsumido en las injurias graves) yo pondría las dos. pero ojo!! también ella podrá probar el motivo o causa por la cual se fue y los malos tratos son una causa más que exclente si lo prueba, en todo caso en la sentencia pondrán por culpa de ambos, ya que ella no ha realizado denuncias (o no lo sabemos aun) y no sabemos con qué otra prueba cuenta, el caso es que yo contestaría y reconvendría, despues se ve, de arreglar siempre hay tiempo,. ahora bien, los alimentos en un div contradictorio y por parte del obligado a prestarlos no los podés tratar o te van a decir que vayas por la via que corresponda que es un incidente de alimentos. suerte,. un saludo. moniba
 #327500  por maria80
 
gracias también a los dos ltimos colegas, ahora le pregunto:
1-Si yo contesto y reconvengo por div. de comun acuerdo, debo dejar supletoriamente otra causal? como lo plasmo en el escrito?, porque que sucede si solamente reconvengo por comun acuerdo y la otra parte trae pruebas fuertes contra mi cliente, como lo defiendo en ese caso.

2-Moniba, la esposa acompaña una constancia donde dice que se va por malos tratos, pero mi cliente tiene otra que dice que ella se fue del hogar.
3-quiero saber si entendi bien,lo que dices, moniba, es que conteste y reconvenga por abandono e injurias graves.
4-Respecto de los alimentos, está iniciado en otro juzgado pero veo que no lo mueven ya que va como la cuarta vez que piden fechas de aud. y no notifican a mi cliente, que puedo hacer?
Millones de Gracias, les deseo exitos para ustedes.
 #327554  por mfrinland
 
Maria, primero contestas la demanda, negas los malos tratos alegados por la actora, aportas prueba a tal fin y al final del escrito reconvenis. Para probar que no existieron los malos tratos, implicitamente vas a probar que ella cometio injurias hacia tu cliente, sin ser necesario que invoques esa causal, pues el juez tiene la facultad al sentenciar de encuadrar lo expuesto en la causal que considere aunque no la menciones. Belluscio sostiene que" resulta admisible que se decrete la separación o el divorcio por una causal distinta de la invocada en la demanda si lo es por el hecho expuesto en ella, ya que el juzgador es quien debe calificar los hechos articulados, y en virtud del principio "iura curia novit" está habilitado para encuadrarlos en una causal diferente si la parte los calificó de manera equivocada (Conf. Belluscio "Manual de Derecho de Familia", T.I, 5a.ed. n° 262, pág. 420)".
Cordialmente
Fernanda
 #328755  por moniba13
 
María, yo contestaría la demanda y reconvendría, no se puede reconvenir y dejar la puerta abierta por las dudas, acordate que el allanamiento DEBE SER INCONDICIONADO Y OPORTUNO. además no creo que le den mucha veracidad a tu cliente, ya que la mujer podrá tener otro hombre ahora, pero LOS MALOS TRATOS LOS DEBE HABER RECIBIDO Y PUEDE LLEGAR A PROBARLOS CON TESTIGOS, MEDIANAMENTE LA DUDA LA SEMBRARÁ. y como terminará la historia? divorcio por culpa de ambos. el expte de divorcio tramitará por conexidad en el mismo juzgado donde están los alimentos, si bien el principal atrae al resto, en este caso, el de alimentos es el que se interpuso primero, y todo irá allí.
suerte,. moniba