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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #327977  por mxcx09
 
Hola a todos! necesito si por favor me podrían dar sus opiniones acerca del caso que les voy a plantear, no tengo experiencia en Derecho Laboral...asi que cualquier aporte que puedan darme va a ser bienvenido!!
se trata de una persona con más de 15 años de antigüedad en una empresa y con un legajo impecable que ha tenido el cargo de Jefe de area. Debido a diferentes situaciones internas, durante el último año ha sufrido distintos tipos de acoso laboral por parte de sus superiores.
Resulta que lo despiden por "restructuración". Su superior le comunica esto (de palabra) un viernes por la mañana y a partir de ese momento le bajan los accesos a los sistemas, y más tarde le envian un sms pidiendole que no se presente a trabajar al día siguiente. Mientras tanto, a pedido de su jefe le sacan su CPU, por lo cual, como no había recibido nada por escrito cuando se presentó al día siguiente no tenía su herramienta de trabajo a disposición. Esta situacion la expone por escrito en una carta que entrega personalmente al Director de RRHH (de la cual guarda una copia firmada).
Es así como envia una CD solicitando a la compañía que aclare la situación laboral.
Al día siguiente le hacen firmar en RRHH una notificación de desvinculación por restructuración.
La CD en la cual notifican ésto, salió de la compañía 2 días despues de que el empleado firmó esta notificación en la empresa.
Si bien, enviamos otra CD solicitando el pago de la indemnización, más los certificados correspondientes, y la entrega de los efectos personales. Aun no tenemos respuesta por escrito. Solo un llamado de alguien de RRHH a mi cliente, diciendole que en 48hs tiene turno en el Seclo (mientras tanto, la indemnización aun no fue depositada)...
Que me aconsejan???
Yo había pensado, que en caso de que no se contacten para la devolución de los efectos personales (de acuerdo a la intimación que les hice en la CD) iniciar un proc por retención indebida... y por otro lado, creo que no debería ir al seclo a firmar (porque quedaría como una extinción de contrato por el art 241...). Le deberìan depositar la indemnizacion antes del dìa del Seclo, no? en ese caso podrìa iniciar un juicio por acoso laboral y daños..?
Escucho vuestras opiniones.....me van a ser de gran ayuda!!!
MUCHAS GRACIAS A TODOS!!!!!
 #327999  por KELYNA
 
Yo te diría que si ellos fijaron fecha en el seclo (se deben estar refiriendo a un acuerdo espontaneo) que tu cliente no concurra y menos solo.-

Espera la respuesta a tu TCL, y en caso de que no procedan al pago de las indemnizaciones correspondientes ni a la entrega de los certificados, tu cliente, tendria que pedir una audiencia en el Seclo a la que deberá concurrir con vos para efectuar el reclamo correspondiente.-

Espero te sirva, saludos.-
 #328062  por mxcx09
 
Muchas gracias Kelyna por tu respuesta!
Claro...a mi entender, ellos utilizan la fecha fijada por ellos mismos en Seclo como un instrumento de presión para que mi cliente, al verse fuera de la empresa y sin haber cobrado la indemnización despues de tantos días, vaya y firme para hacerse de ese dinero...
Pero en realidad no se trata de ningún acuerdo espontaneo...
Ya le deberían haber depositado la indemnizacion, no? Incluso aun no le pasaron el número final de su liquidación...
Entonces el proximo paso sería no presentarnos en el Seclo mañana, esperar como nos contestan el ultimo telegrama que les enviamos y luego hacer nuestro reclamo en Seclo?
Realmente.... muchisimas gracias por la colaboración.... tengo miedo de que mi inexperiencia me juegue una mala pasada en todo esto...
GRACIAS!!!
 #328205  por GU
 
Lo que deberias hacer, desde mi punto de vista, es contactarte con la empresa a fin de que te pasen la liquidacion final que le van a abonar a tu cliente.

No veo porque no presentarse en el SECLO en tanto y en cuanto lo que alli se firme sea consentido por ambas partes (con sus respectivos asesoramientos).

Por mas que firme lo que firme, no hay disolucion por el Art. 241 ya que tenes una CD de la empresa en la que le notifican que el despido obedece a reestructuracion de la empresa (es decir, es despido sin causa).

Tambien es importante que le "expliques" a la empresa que tu cliente solo se va a presentar con tu patrocinio, debiendo ellos abonarte los honorarios correspondientes para ello.

Salutes!
 #328275  por mxcx09
 
Muchas gracias Gu!
otra pregunta...... en el caso que en Seclo firmemos la conformidad en cuanto al pago de la indemnización por antigüedad / despido. Esto nos impediría luego accionar por daños en la via civil, no?? dado que su carrera profesional como así su imagen ante sus colegas fue menoscabada...
Lo que a mi no me queda del todo claro, además es: no deberían haberle depositado ya la indemnización correspondiente (teniendo en cuenta que su desvinculación se produjo hace 10 días)?...
Muchas gracias por la ayuda!!!!
 #328321  por GU
 
Por lo que contas en el caso, no veo ninguna situacion para recurrir a la via civil. Un despido por reestructuracion, con el respectivo pago de las indemnizaciones por despido incausado no puede dar lugar a la via de daño civil, no hay menoscabo de la imagen (si hay otros hechos, quizas si, pero por esto no).

Si, deberian haberle depositado la indemnizacion ya. Lo que deberias hacer, es intimar en los terminos de la 25323 para hacerte acreedor de la multa alli dispuesta.

Salutes!
 #328459  por walterius
 
Hola! Tené cuidado con la nota de "desvinculación" que decis que firmó tu cliente. Por otra parte, si le notificaron por cd el despido por reestructuración, ello equivale a un despido sin justa causa y por ende debe cobrar las indemnizaciones del 245 y todo lo demás. En cuanto a la acción civil, coincido con GU, ya que la indemniz por despido es abarcativa. A parte debes tener en cuenta que si no lo manifestaste en envíos telegráficos (el tema del acoso, etc) no veo que lo puedas reclamar ahora, ya que el intercambio epistolar es lo que da base al reclamo posterior. Si quedó mal trabado, ello puede complicarte el caso. De todas formas, como dijo GU, o me contactaría con la empresa e hiría a la conciliación, qué sabes por ahí quieren pagarle lo que le corresponde y no tiene muchas vueltas, no? slds