Hola, en principio me parece que si bien el Sr. puede en unos meses llegar a la edad jubilatoria, no necesariamente puede reunir los requisitos respectivos, vayamos al supuesto que con este último empleador tiene una antiguedad de 10 años y el resto son períodos salteados y no llega a los 30 años. Hay que ver como es su relación con el empleador, le puede pedir un tiempo más para no pagar tanto de moratoria, etc. etc. Algún argumento puede utilizar para pilotear la situación.
No se cuanto percibe de salario, te cuento lo que se hace en algunos lugares y que evalúa el trabajador. Desde la fecha de intimación tiene un año para presentar los trámites, algunas personas, como se les reduce mucho lo que perciben, en algunos convenios no llegan ni al 50% de lo que perciben en actividad, esperan a presentarlos al mes 12. Es decir siguen trabajando y percibiendo el salario. Ahora, si vencido el año no presentó los trámites jubilatorios lo pueden despedir. Si el Sr. se siente en condiciones de seguir trabajando y el empleador no dice nada, no tendría porqué preocuparse. Hay que estudiar cada caso en particular.
Reitero, en este caso lo fundamental es saber como es la relación con su empleador y si tiene o no ganas de seguir trabajando, para evaluar luego la mejor opción.
PD: Si fuera mujer y la intiman a los 60 podría acogerse a la normativa que le permite trabajar 5 años más.