


GRACIAS
norabe escribió:Qué tipo de reajuste querés pedir? Supongo que hablas de empleados públicos de la pcia.; entiendo que igual que en nación el régimen de retiro voluntario se aprueba por ley, en ella establecen todas las condiciones: requisitos que debe reunir el empleado y el monto que se le abonará, que está relacionado con la antiguedad en la administración pública. Puede tener una reglamentación, yo buscaría ambas para saber si le liquidaron bien.muchas gracias!!!!!!!!1
Como el régimen es voluntario, quien se haya acogido a él aceptó las condiciones, en fin... tal vez alguien más tenga otra opinión.
norabe escribió:O no te entiendo o hablamos de cosas diferentes; tu cliente está jubilado? exactamente qué querés pedir en anses? acordate que lo que perciben a raíz del retiro voluntario constituye una indemnización, realmente estoy desorientada, tal vez si aclararas un poco más....claro el tiene una jubilacion por retiro voluntario eso es lo que dice la resolucion por la que le acuerdan el beneficio