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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #330674  por diegoveras
 
Hola a todos, necesito hacérles una consulta, necesito divorciarme de mi anterior pareja, los dos somos españoles, pero ella vive ahora en Inglaterra y yo en Argentina. Por favor, si alguien me pudiera decir si es posible hacerlo aún estando los dos fuera del país. Muchas gracias y un saludo.
 #330678  por avvocato
 
Debes partir de la norma que dice que el juez que entenderá en la causa, será el del último domicilio conyugal..En Argentina
Te casaste aquí?
 #330794  por pachanga
 
si el ultimo domicilio de Uds como pareja esta en argentina podes inicar sin mas el divorcio por presentacion conjunta aca en el pais. Ademas si es conjunto como decis no vas atener mayores inconvenientes pues constituyen un solo domicilio procesal y denuncian un solo domicilio real a efectos de las notificaciones. Ademas cuando tengan la primera audiencia cuya asistencia es OBLIGATORIA vos te comunicas con ella con anticipacion suficiente para que pueda venir al pais, van a la audiencia y listo. Ya a la segunda no hace falta que concurran pues pueden presentar un escrito donde ratifican la postura asumida en la audiencia preliminar y que no han arribado a acuerdo alguno, lo dejan firmado los dos y lo presenta tu abogado y listo. Suerte espero te haya servido, si tenes dudas consulta
 #331537  por diegoveras
 
Bueno, en realidad me casé en España, pero no pensábamos que íbamos a necesitar el divorcio, y es ella ahora la que lo necesita, y quiere que me vaya a España a resolverlo, pero no puedo ir y dejar todo acá, es por eso que buscaba una solución así. El hacerlo cada uno desde donde está hubiera sido muy bueno. Espero poder encontrar una solución, sino no va a quedar otra que viajar. Gracias a todos.
 #331950  por ANRU
 
hola, creo que lo siguiente seria viable:
1°_ deberiamos saber cual es el ultimo domicilio conyugal(donde fue el ultimo lugar en el que convivieron) de ser argentina,
2°_ incias en la jusdicción competente a este ultimo, demanda de divorcio vincular, por la causal objetiva del 214 inc 2° cc, entonces deberias alegar, que hace mas de tres años que estan separados de hecho y sin voluntad de unirse, y narras cuando se separaron y que ella vive en inglaterra, vos aca y de comun acuerdo se separaron poque no habia mas amor entre ustedes .... etc
3°_ ella al ser notificada, deberia otorgar poder a un letrado de argentina para que la represente en el juicio, y allanarse a la demanda ( el poder debe esta con la apostilla de la haya, sobre este tema que se asesore en el consulado arg en ingl).

es decir que ambos deben manifestar que se encuentrar separados de hecho hace mas de tres años y que no existe voluntad de unirse.

Con esto te evitas las audiencia del divorcio por presentación conjunta, en donde la primera es de obligatoria comparecencia personal, y su incomparecencia se toma como desistiminto de la demanda.

Atte, saludos... y exitos.
 #332355  por pachanga
 
con muy buen criterio te ha aconsejado anru, seria lo mejor hacerte representar por un apoderado, el tema seria si es que si o si necesita el divorcio no te vaa quedar otra que optar por una de las jurisdicciones.- suerte