Hola a todos, tengo ordenado un mandamiento de intimación de pago y embargo en un ejecutivo laboral, en capital. Nunca hice algo así, voy a preparar el mandamiento, debo dejarlo a confronte en el juzgado?, y luego cuál es el paso a seguir, espero que lo confronten o solo lo llevo a sellar? tengo que llevarlo a la of. de mandamientos? debo ir yo también a la diligencia? cómo se arregla ese paso? Gracias a quien pueda despejarme estas dudas, saludos.
Lo dejas a confronte, y una vez listo, es el juzgado el que lo remite a la oficina de mandamientos y notificaciones (por las dudas verifica que sea asi).
Una vez que el mandamiento llega a la oficina, tenes 5 dias (creo) para fijar una fecha con el oficial notificador.
Salutes!