Master, en cuanto a los intereses interpreto que corren desde " ... "desde que comenzaron a regir las normas que impusieron restricciones, . o desde el vencimiento del contrato...o desde el 28 de febrero de 2002. . también, hasta el efectivo pago ..."
en cuanto, a los pagos a lo largo del juicio > "...En el caso que en relación a esas divisas hubiesen mediado pagos en pesos efectuados a lo largo del pleito, las sumas así entregadas en pesos serán computadas como "pagos a cuenta" y, en su mérito, quedarán desde entonces consolidadas en favor del depositario por la cantidad de divisas que aquellos pesos, teniendo en cuenta la cotización de ellas, tipo vendedor, entonces vigente, representasen a ese momento , reconociéndose a la actora el derecho a que el saldo de las divisas pendientes de pago así determinadas le sea abonado en pesos ... " (Del voto del juez Buján, cons. V. 2).
"Catalano Edmundo Fernando c/ PEN-Ley 25.561 Dtos. 1570/01 214/02 s/ amparo sobre ley 25.561 ".
Fecha: 17/04/2007, C.NAC.CONT.ADM.FED., Sala I., Buján, Coviello, Licht (en disidencia parcial)
si te interesa el fallo completo avisa que lo posteo ....
en cuanto, a los pagos a lo largo del juicio > "...En el caso que en relación a esas divisas hubiesen mediado pagos en pesos efectuados a lo largo del pleito, las sumas así entregadas en pesos serán computadas como "pagos a cuenta" y, en su mérito, quedarán desde entonces consolidadas en favor del depositario por la cantidad de divisas que aquellos pesos, teniendo en cuenta la cotización de ellas, tipo vendedor, entonces vigente, representasen a ese momento , reconociéndose a la actora el derecho a que el saldo de las divisas pendientes de pago así determinadas le sea abonado en pesos ... " (Del voto del juez Buján, cons. V. 2).
"Catalano Edmundo Fernando c/ PEN-Ley 25.561 Dtos. 1570/01 214/02 s/ amparo sobre ley 25.561 ".
Fecha: 17/04/2007, C.NAC.CONT.ADM.FED., Sala I., Buján, Coviello, Licht (en disidencia parcial)
si te interesa el fallo completo avisa que lo posteo ....