Es verdad esto, pero de todos modos podes hacer mencion de la negativa del padre y para no demandar dos veces, y por ende gastar el doble asi sea en ius y bono, podes en la misma demandar a los abuelos subsidiariamente de ultima en la planilla solicitud de trmites explicas brevemente que ante la negativa del padre y al no tener bs liquidos, ya que de realizar esos bs se perderia tiempo y en alimentos todo es urgente se come todos los dias
, va no se me ocurre como posible fundamento porque como dice aca la colega es verdad que si tienen bs por ahite rechazan la demanda contra los abuelso no intentada la anterior
BRENDITA escribió:en la adudiencia si se sigue negando a pasar alimentos vas a tener q presionarlo x el lado de los bienes pero tb. corrés el riesgo de q mientras tanto pase el auto a nombre de otra persona, tb. podrias presionarlo diciéndole q si él no paga vas a tener q ir contra sus propios padres y le aclarás q la ley te lo permite (si los abuelos son jubilados decile q les podés embargar las jubilac.), dale x ese lado xq se enojan cdo. les tocás a los padres. Te aclaro q si bien la ley permite ir contra los abuelos´ellos responden en forma subsidiaria, quiere decir q 1º debe responder el progenitor y recién desp. los abuelos, pero en tu caso como el sr. tiene bienes es probable q el juez te haga agotar esa vía, depende mucho del tribunal en el q litigues, hay muchas posturas sobre este tema.