mi cliente realizo un acuerdo por escribano, cobro perfectamente, luego pasado los 30 días realizo el reclamo por los dos días habiles por la documentacion que le corresponde por art. 80 y 132bis, el empleador le dijo que pase a buscar la documentación, mi cliente fue varias veces y nunca! nada! le daban vueltas ademas de tratarlo mal!, le hice siempre enviar telegramas notificando esto!, ellos atento a mi cliente era merecedor de la sancion conminatoria y de la indemnizacion por no entregar dicha documentación dijeron que los papeles estaban todos en una escribania demostrando su buena fe y no la buena voluntad de mi cliente, mi cliente concurrio a la escribania, ahí le entregaron el Certificado de Remuneración del Anses con firma certificada, pero al mostrarmelo a mi, el unico error es que solo esta mal la fecha de cese, ellos pusieron el día 18 de febrero cuando en realidad fue el 19 de febrero, luego entregaron la baja en afip y el último recibo!, PERO NO ACREDITARON LOS APORTES! y NO ENTREGARON EL CERTIFICADO DEL ART. 80 , EL DE TRABAJO.
Que OpiNAN????? VALE LA PENA CONTINUAR CON EL RECLamO POR LA DOCUMENTACION INCOMPLETA NO ENTREGADA, A TODO ESTO TENGO UN COPIA SIMPLE DE DECLARACION JURADA DEL ESCRIBANO DICIENDO QUE MI CLIENTE RECIbio EL CERTIFICADO DE REMUNERACIONES DEL ANSES, RECIBO DE SUELDO Y BAJA DE AFIP!.
Que OpiNAN????? VALE LA PENA CONTINUAR CON EL RECLamO POR LA DOCUMENTACION INCOMPLETA NO ENTREGADA, A TODO ESTO TENGO UN COPIA SIMPLE DE DECLARACION JURADA DEL ESCRIBANO DICIENDO QUE MI CLIENTE RECIbio EL CERTIFICADO DE REMUNERACIONES DEL ANSES, RECIBO DE SUELDO Y BAJA DE AFIP!.