hola queridos colegas, el tema es asi, en demanda por despido indirecto, trabajo no registrado, al ser un empleado clandestino el actor, puedo pedir multas del art 80, por no entregar certificados de trabajo correspondiente y multa del 132 bis por no hacer los aportes previsionales?
se q suena loco pedir sabiendo que se trata de un empleado clandestino, no registrado, pero a lo mejor se hace por ritualismo, si bien me parece q al ser una relacion en negro, no cabria no? digo de pronto, a uds q les parece? jejej
por otro lado queria preguntarles si es posible pedir las multa del articulo 8 de la LE por trabajo no registrado y la del articulo 1 25323, teniendo en cuenta q la primera se aplica estando la rel vigente, y en su defecto, si ya no esta vigente la rel lab voy por la 25323, mi pregunta es si son acumulables a la hora de hacer la liquidacion... es decir si pido el 25 por ciento de la 24013 mas el doble q dice la 25323, o solo una o la otra?
gracias y besos!
se q suena loco pedir sabiendo que se trata de un empleado clandestino, no registrado, pero a lo mejor se hace por ritualismo, si bien me parece q al ser una relacion en negro, no cabria no? digo de pronto, a uds q les parece? jejej
por otro lado queria preguntarles si es posible pedir las multa del articulo 8 de la LE por trabajo no registrado y la del articulo 1 25323, teniendo en cuenta q la primera se aplica estando la rel vigente, y en su defecto, si ya no esta vigente la rel lab voy por la 25323, mi pregunta es si son acumulables a la hora de hacer la liquidacion... es decir si pido el 25 por ciento de la 24013 mas el doble q dice la 25323, o solo una o la otra?
gracias y besos!