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 #343426  por Lic
 
Hola. Soy abogada ejerzo en su mayoria en la pcia. de Bs. As.. Me podrian dar las pautas fundamentales del SECLO? Ya hice todo el intercambio telegrafico. Empleo en negro. Se que se completa el formulario por internet y el cliente va personalmente a pedir audiencia. Pero me podrian guiar: ¿como funciona? Gracias.
 #343427  por Lic
 
Me hablaron sobre acuersos espontaneos, ¿Que es?
 #343459  por SALINASPAU
 
Tenes dos formas. Acuerdo espontaneo, es cuando las partes ya estan de acuerdo: empleador y trabajador, se pide turno y se efectua el pago y se homologa el acuerdo. es rapido. ambos van con patrocinio.
El otro es la mediacion, donde no hay acuerdo, y se sortea un mediador, al trabajador cuanto presenta el formulario, le dan otro con el dia de la audiencia, la hora y el nombre del mediador y su domicilio. Luego el seclo se encarga de enviar el telegrama al empleador o requerido.
En la primer audiencia, se ve la posibilidad de cerrar por acuerdo. Si se arregla, se fija otra audiencia que sera la de pago, previo que el mediador envia el acuerdo al seclo para que homologue. demora mas o menos 10 dias, una vez que el seclo homologa, van a la audiencia de pago. y fin de la historia. generalmente son dos a tres audiencias. sino hay acuerdo o no comparece a la primer y segunda audiencia, se cierra e interpones demanda.
en mediacion los honorarios del abogado del trabajador son del 10% que para el demandado.
en acuerdo espontaneo, puede haber honorarios o no.
suerte
 #343480  por Lic
 
Gracias!!! Muy clara tu explicacion. Como hago yo entonces despues de la primera audiencia, para saber si ya esta homologado o no? o directamente el mediador en la primera audiencia, fija fecha para la segunda audiencia sabiendo que para tal fecha va a tener la homologacion? No entendi lo siguiente: "en mediacion los honorarios del abogado del trabajador son del 10% que para el demandado". ¿Quisiste decir que los honorarios son del 10% que paga el demandado?
SALINASPAU escribió:Tenes dos formas. Acuerdo espontaneo, es cuando las partes ya estan de acuerdo: empleador y trabajador, se pide turno y se efectua el pago y se homologa el acuerdo. es rapido. ambos van con patrocinio.
El otro es la mediacion, donde no hay acuerdo, y se sortea un mediador, al trabajador cuanto presenta el formulario, le dan otro con el dia de la audiencia, la hora y el nombre del mediador y su domicilio. Luego el seclo se encarga de enviar el telegrama al empleador o requerido.
En la primer audiencia, se ve la posibilidad de cerrar por acuerdo. Si se arregla, se fija otra audiencia que sera la de pago, previo que el mediador envia el acuerdo al seclo para que homologue. demora mas o menos 10 dias, una vez que el seclo homologa, van a la audiencia de pago. y fin de la historia. generalmente son dos a tres audiencias. sino hay acuerdo o no comparece a la primer y segunda audiencia, se cierra e interpones demanda.
en mediacion los honorarios del abogado del trabajador son del 10% que para el demandado.
en acuerdo espontaneo, puede haber honorarios o no.
suerte
 #343502  por SALINASPAU
 
lo dan por hecho, si no lo homologan el mediador te avisa. y si, la segunda audiencia pasando el plazo del seclo para homologar por lo gral mas de 10 dias casi 15 creo.
si, quise decir eso. lo que se paga por ley es el 10% del monto del acuerdo que si o si paga el demandado, sin perjuicio de lo que vos pactes con tu trabajador, que se estila entre el 10% y el 20%.
pero en acuerdo espontaneo, no los mencionan, por eso generalmente no los pagan los demandados.
suerte