Hola! Cómo están?
Mi pregunta es la siguiente: puedo pedir licencia por exámen para rendir en un posgrado o máster?
La ley habla en su Art. 158. inciso e) "Para rendir examen en la enseñanza media o universitaria, dos (2) días corridos por examen, con un máximo de diez (10) días por año calendario."
Entiendo que habla de enseñanza universitaria en sentido amplio, sin hacer distinción entre grado y posgrado. De modo que si el posgrado se cursa en una universidad incorporada a la enseñanza oficial y/o el curso esté acreditado por la CONEAU supongo que debería corresponder la licencia. Es correcto este razonamiento?
Muchas gracias desde ya por su ayuda.
Mi pregunta es la siguiente: puedo pedir licencia por exámen para rendir en un posgrado o máster?
La ley habla en su Art. 158. inciso e) "Para rendir examen en la enseñanza media o universitaria, dos (2) días corridos por examen, con un máximo de diez (10) días por año calendario."
Entiendo que habla de enseñanza universitaria en sentido amplio, sin hacer distinción entre grado y posgrado. De modo que si el posgrado se cursa en una universidad incorporada a la enseñanza oficial y/o el curso esté acreditado por la CONEAU supongo que debería corresponder la licencia. Es correcto este razonamiento?
Muchas gracias desde ya por su ayuda.