Hola a todos.
Feliz dia del trabajador!!!! Espero que alguien pueda guiarme.
El caso es el siguiente. Una señora que trabajó desde el 2003 hasta el 2008 junto a su marido en una quinta. El trabajaba como casero y ella realizaba labores de la casa. Despide al marido y llegan a un acuerdo en MTSS. Nos presentamos por ella en MTSS y no hubo acuerdo atento a que la empleadora "desconoce la relacion laboral".
Interpusimos demanda reclamando desde el año 2003 y nos interpusieron la excepcion de PRESCRIPCION de 2 años.
Conforme al Fallo Charra entiendo que “Los créditos de los trabajadores del servicio doméstico prescriben a los diez años (art.4023 del Código Civil)”.
Alguien me podría confirmar de que sea asi???
Gracias!!!!
Feliz dia del trabajador!!!! Espero que alguien pueda guiarme.
El caso es el siguiente. Una señora que trabajó desde el 2003 hasta el 2008 junto a su marido en una quinta. El trabajaba como casero y ella realizaba labores de la casa. Despide al marido y llegan a un acuerdo en MTSS. Nos presentamos por ella en MTSS y no hubo acuerdo atento a que la empleadora "desconoce la relacion laboral".
Interpusimos demanda reclamando desde el año 2003 y nos interpusieron la excepcion de PRESCRIPCION de 2 años.
Conforme al Fallo Charra entiendo que “Los créditos de los trabajadores del servicio doméstico prescriben a los diez años (art.4023 del Código Civil)”.
Alguien me podría confirmar de que sea asi???
Gracias!!!!