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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #35033  por steal
 
Hola, necesito saber lo siguiente ya que no tengo otra forma de poder averiguarlo. En mi demanda a la empresa que me despidio se realizo un arreglo en el seclo en el cual dice 10000 pesos mas veinte porciento ascesoria legal. Mi abogado quiere cobrarme dos mil pesos ya que ese es ek porcentaje pactado con el, pero mi pregunta es si eso no esta pagado en ese veinte porciento que me da el arreglo? Perdon por la consulta pero no tengo a quien recurrir. Agradeceria su respuesta muchas gracias.

:( :roll:

 #35047  por jpkrajacic
 
Bueno si entendí bien, vos arreglastes por $10.000 MAS un 20% de asesoría legal o sea que la empresa va a terminar desembolsando $12.000, 10 para vos y 2 para el abogado.

Si el arreglo fue, $10.000 y la asesoría legal un 20%, la empresa va a pagar solo $10.000 y de esos vos tenés que darle $2000 a tu abogado y te quedan 8 para vos. Todo depende del texto del acuerdo, leelo muy detenidamente.

Ahora si es como el primer ejemplo, y la empresa en ves de 12 te dio 10, el abogado igualmente puede reclamarte a vos los 2 que le corresponden, pues recordá que para el es su sueldo. Vos y/o tu abogado pueden seguir luego reclamando esos 2 que faltan a la empresa. Eso quiee decir que tanto vos como la empresa son solidarios en el pago de los honorarios profesionales.

Fiajte si dice "costas por su orden" o "costas por el orden causado" eso significa que cada uno le paga a su abogado. Ahora si se especifica que tal parte se hace cargo de toda la asesoría legal, esa pat es la que le paga a tu abogado.

 #35101  por GU
 
Steal:

Creo que a lo que tu abogado se refiere es al pacto de cuota litis.

El pacto de cuota litis es un acuerdo entre el cliente y su abogado por el cual se pacta que del monto que perciba el cliente un determinado porcentaje se le entrega al abogado. Normalmente, se pacta un 20%.

Este porcentaje es aparte de los honorarios que le pague la demandada a tu abogado.

Ahora las buenas noticias... si no firmaste ningun (escrito) acuerdo con tu abogado, NO puede cobrarlo. Si solo lo pactaste de palabra, deberias cumplirlo, aunque no te lo puede exigir legalmente.

Salutes

 #35415  por CINTIACABRERA
 
Hola:

Generalmente, los acuerdos que se firman en el SECLO, el EMPLEADOR le paga al TRABAJADOR, y aparte le reconoce un porcentaje al patrocinante de este. Esto es totalmente ajeno al acuerdo que el abogado realizo con el cliente ( en este caso vos)es lo que se llama PACTO DE CUOTA LITIS, generalmente se pacta un 20 % , que debe pagarlo el cliente tambien . De todas maneras, hablalo con tu abogado, pero por lo general es asi.

Saludos -