Inicie una demanda por daños y perjuicios en Cap Fed contra el Gobierno de la Ciudad de BsAs, por un accidente de peaton en via publica.
Una vez producida la prueba, se remite el expte por oficio a un Juzgado Contencioso Administrativo. El GCBA habia planteado la incompetencia del juzgado nacional en lo civil aduciendo que la competencia era Cont Adm. Primera instancia no da lugar a la incompetencia, apelaron y ahora la Camara Cont Adm revoca entendiendo que la competencia es Contencioso Adm.
A mi nunca me cursaron notificacion alguna, el expte contencioso tramito ajeno a mi.
Que hago ahora? Tengo que iniciar todo de vuelta en el fuero Contencioso Adm?
Gracias.-
Una vez producida la prueba, se remite el expte por oficio a un Juzgado Contencioso Administrativo. El GCBA habia planteado la incompetencia del juzgado nacional en lo civil aduciendo que la competencia era Cont Adm. Primera instancia no da lugar a la incompetencia, apelaron y ahora la Camara Cont Adm revoca entendiendo que la competencia es Contencioso Adm.
A mi nunca me cursaron notificacion alguna, el expte contencioso tramito ajeno a mi.
Que hago ahora? Tengo que iniciar todo de vuelta en el fuero Contencioso Adm?
Gracias.-