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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #351764  por rma
 
hola mi consulta es porque inicie una demanda a la anses por reajuste jubilatorio en la misma adjunte el rechazo por parte de la anses del reajuste (o sea la denegatoria), y me hicieron llevar la planilla a la procuracion del tesoro nacional y en la grilla de estado del expendiente dice retorno a la vista del fiscal. la verdad no se si se lo llevaron al fiscal o tengo que compulsar yo para que le corran traslado a la anses !!! alguien me podria ayudar!! gracias
 #351832  por avvocato
 
No se dónde estas. En Ciudad Buenos Aires, el expediente en su inicio, cuando llega al juzgado, también pasa a fiscalía para controlar sobre la competencia y otras cuestiones, entonces SS, da el primer proveido que tiene por presentada, parte...y demás.
Ahora bien. En esa primera resolución se ordena también, la notificación a la Procuración del Tesoro.
Una vez vencido plazo de notificada la Procuración del Tesoro Nacional. Te presentas con escrito, manifestando el cumplimiento del término de la ley 25344 y Decreto 1116/00, solicitas se ordene el traslado de la demanda.
Otra cosa que puedes hacer, si no lo ordenaron antes, es pedir que se ordene la remisión de las actuaciones administrativas, a fin "usar" ese plazo, en el que el expediente está a la espera de que la Procura manifieste o no sobre la demanda.
 #352160  por rma
 
holaa!!! gracias por responder!!! soy de C.A.B.A. te muestro lo que paso mas o menos asi

22/04/2009 RETORNO VISTA AL FISCAL
22/04/2009 JUZGADO FEDERAL DE 1RA. INST. DE LA SEGURIDAD SOCIAL Nø 2
21/04/2009 VISTA AL FISCAL
21/04/2009 FISC. DE 1RA INST.ANTE JUZG. FEDERALES DE LA SEGURIDAD SOCIAL N§ 2
08/04/2009 EXPEDIENTE A DESPACHO
05/03/2009 NOTIF. A LA PROCURACION
04/03/2009 COMENTARIO
///NOS AIRES, 3 DE MARZO DE 2009. POR RECIBIDOS.
EN ATENCIàN AL ESTADO DE LAS PRESENTES ACTUACIONES
, SIN PERJUICIO DE QUE LA COMUNICACIàN A LA PROCUR
ACIàN DEL TESORO CONTEMPLADA POR EL ART. 8 DE LA L
EY 25.344 SE REALIZA MEDIANTE SOPORTE MAGNTICO A
TRAVS DE LA SECRETARÖA GENERAL DE LA EXCMA. CµMAR
A DEL FUERO EN VIRTUD DE LO DISPUESTO EN LA RES. 7
1/08, HµGASE SABER A LA PARTE ACTORA QUE, PREVIO A
TODO TRµMITE, DEBERµ ACREDITAR LA RECEPCIàN POR P
ARTE DE AQUEL ORGANISMO, DEL FORMULARIO DEL ANEXO
I PREVISTO EN LA CITADA LEY Y DE LA COPIA DE LA DE
MANDA Y DOCUMENTAL, EN LOS TRMINOS DE LA RESOLUCI
àN DE CµMARA Nø 82/08 (PUNTOS 2ø Y 3ø). MARÖA GABR
IELA JANEIRO SECRETARIA FEDERAL
03/03/2009 INICIO TRAMITE EN JUZGADO
26/02/2009 JUZGADO FEDERAL DE 1RA. INST. DE LA SEGURIDAD SOCIAL Nø 2
26/02/2009 CON RESOL. ADMINISTRATIVA
26/02/2009 ADJ. COPIA RESOL. ADM.
26/02/2009 MESA GENERAL DE ENTRADAS DE CAMARA


vistes en el ultimo movimiento dice retorno vista al fiscal, si esta en letra vos me decis que pida el traslado de la demanda, y aparte pida un oficio solicitando el expediente previsional de la persona para que lo adjunten en el expediente.???
 #352996  por avvocato
 
Hola rma,
Bien. Ahora, tenes que completar el formulario Anexo I de la 25344 por triplicado, que el juzgado te lo selle, más las copias de la demanda y documental. Luego lo llevas a la Procuración del Tesoro en calle Posadas (que està a dos cuadras y media de Callao), no recuerdo el Nro. Entregas todo y que te devuelvan las copias del formulario selladas.
Luego lo presentas con escrito ACREDITA DILIGENCIAMIENTO, en el juzgado.
El formulario de la ley 25344, està en la pàgina del CPACF. Aunque me parece que sale mal.
Culquier cosa me mandas un MP y te lo paso.
 #353031  por rma
 
holaaa gracias por responder!!! si ya acredite el formulario con la copia pero ahora me aparecio eso que dice como ultimo movimiento "retorno vista al fiscal", no se si estara a despacho o no, pero el fiscal no me corre el traslado no? porque de lo que diga el fiscal pido correr el traslado y pido remision del exp administrativo? Gracias...
 #353063  por avvocato
 
Esperá a ver el proveido de SS. Normalmente no hay traslado de lo que dice el fiscal. Salvo casos puntuales como caducidad de la instancia.
Tenés que esperar el plazo de 20 días habiles para que la Procura tome intervención o no. Vencido el plazo pedis que se ordene el traslado de la demanda y la remisión de las actuaciones administrativas.
 #353085  por rma
 
´muchas graciasssss!!! cualquier cosa te vuelvo a preguntar puedo? gracias
 #353283  por avvocato
 
Por supuesto, rma, estamos para ayudar a pensar!!!!!!! :P
 #955715  por marijorosario
 
Hola a todos , tengo una consulta para el que me pueda ayudar.. tengo dos causas de reajuste de haberes, en las cuales una vez presentada la demanda, me salio el proveìdo donde nos tienen por presentados, con domicilio, etc, ordenando se corra traslado a la procuraciòn del tesoro y dice oportunamente se corra la vista fiscal. El tema es que yo diligencie el oficio a la procuraciòn del tesoro y aùn no se corriò la vista fiscal.. alquien sabe si esto me trae algun inconveniente y en todo caso que deberìa hacer?? decirle en el juzgado que me equivoque y si se puede correr la vista fiscal que habilita la instancia?? graciasssssssssssss