Agrego algo más, que nunca viene mal por las dudas.
En el primer telegrama POR FAVOR no hagas ninguna mención a que existió un "despido verbal" y/o similar. Simplemente, solicitá se aclare la situación laboral ante negativa injustificada de otorgamiento de tareas.
Es más, hasta podrías, en el mismo telegrama:
- PRIMERO hacer mención a que "Intímole plazo 30 días regularice en legal forma la relación laboral que mantenemos en negro, al margen de la ley..." y hacés todo el detalle de la relación laboral, tal cual lo indica la 24.013.-
- SEGUNDO intimás a que continúen brindando trabajo efectivo.
- TERCERO intimás el pago de diferencias salariales y demás rubros que se le adeuden en razón de la vigencia de la relación. Desde ya NO intimar que le paguen rubros por distracto hasta tanto no se de por despedida, a los 30 días.
De ese modo no dejás márgen alguno para que algún juez patronalista y/o abogado avezado deduzca del intercambio telegráfico que la relación cesó antes de la intimación a regularizar.
Sobre lo que le adeudan a tu clienta, no tenés más que fijarte el CCT y las escalas salariales de la actividad. Supongo que debe ser Empleados de Comercio, si ella era secretaria del estudio.
Una más, si bien comparto el criterio de turiddu, y es mucha la jurisprudencia que lo avala, legalmente hasta el día de hoy se exigen los 30 días. Así que si tu amiga no está apurada por demandar, dejen pasar los 30 días. De ese modo también tenés un salario caído más para reclamar.
Cualquier cosa avisame.
Un minuto real de felicidad...