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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #353390  por natyfla
 
Tengo una amiga que trabajo 8 meses en un ESTUDIO DE ABOGADOS, en negro, la despidieron ayer. Le pagaban solo $500 porque trabajaba 1/2 jornada. No le quieren pagar indemnizacion. Cual es el monto que se le puede reclamar al estudio????? Pruebas: el estudio la autorizo antes todas las entidades a presentar escritos, ver expedientes, etc.....
 #353434  por Cecex
 
envia Cd intimando a dacion de tareas y registracion, hace el intercambio epistolar correspondiente, para considerarse despedida, una vez realizado ello pedis la indemnizacion correspondiente, sac, multas de ley, y pedis un Seclo para regularizar la situacion. Cualquier cosa consultam,e y te doy una mano. Saludos
 #353730  por turiddu
 
Estimada natyfla:

Como bien ha sostenido Cecex correspondería que actives el procedimiento de rigor en estos casos: ante negativa de tareas, intimar a que se aclare la situación laboral por el término de 48 hs. bajo apercibimiento de injuria, y - coetaneamente - efectuar lo propio respecto a los términos del art. 11 de la Ley Nº 24.013 en lo que hace al requerimiento de registración laboral por el término de 30 días. Asimismo, y en otro TCL enviar copia de dicho requerimiento a la AFIP.-

Como hemos sostenido en post anteriores, en el supuesto en que la relación laboral sea negada, ello de por sí autoriza a considerar a la trabajadora injuriada y despedida por culpa exclusiva del empleador (cfr. art. 246 del R.C.T.) sin tener que aguardar el plazo de 30 días para ser registrada. Ante la duda, quedo a tus órdenes. Un fraternal abrazo, Turiddu:.
 #353819  por Robespierre
 
Agrego algo más, que nunca viene mal por las dudas.

En el primer telegrama POR FAVOR no hagas ninguna mención a que existió un "despido verbal" y/o similar. Simplemente, solicitá se aclare la situación laboral ante negativa injustificada de otorgamiento de tareas.

Es más, hasta podrías, en el mismo telegrama:

- PRIMERO hacer mención a que "Intímole plazo 30 días regularice en legal forma la relación laboral que mantenemos en negro, al margen de la ley..." y hacés todo el detalle de la relación laboral, tal cual lo indica la 24.013.-
- SEGUNDO intimás a que continúen brindando trabajo efectivo.
- TERCERO intimás el pago de diferencias salariales y demás rubros que se le adeuden en razón de la vigencia de la relación. Desde ya NO intimar que le paguen rubros por distracto hasta tanto no se de por despedida, a los 30 días.

De ese modo no dejás márgen alguno para que algún juez patronalista y/o abogado avezado deduzca del intercambio telegráfico que la relación cesó antes de la intimación a regularizar.

Sobre lo que le adeudan a tu clienta, no tenés más que fijarte el CCT y las escalas salariales de la actividad. Supongo que debe ser Empleados de Comercio, si ella era secretaria del estudio.

Una más, si bien comparto el criterio de turiddu, y es mucha la jurisprudencia que lo avala, legalmente hasta el día de hoy se exigen los 30 días. Así que si tu amiga no está apurada por demandar, dejen pasar los 30 días. De ese modo también tenés un salario caído más para reclamar.

Cualquier cosa avisame.