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  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #3401  por OLGA HERRERA
 
Hola a todos necesito armar la sig. sit. de revista.....
mujer, fecha de nacimiento31/05/28,
DATOS DE AFILIACION,
FECHA DE AFILIACION 11/79, FECHA DE INICIO 01/58 CAJA I COD. DE ACTIVIDAD 132-FECHA DE CESE 00/00,
ULTIMA CATEGORIA :"A" FECHA 2/86 , HISTORICO DE CATEGORIAS CAT. B DESDE 01/58 HASTA 00/00 .
QUE LEY? BENEFICIO? ART. ? HAY QUE HACER EL 460/ F Y EL 929 ? MUCHISIMAS GRACIAS.
 #3405  por francisco
 
Hola, la ley aplicable seria la 25994 art.6to o la 24476 cualquiera de las dos.
Creo que salen mas rapido si usas la 25994 art.6to
Beneficios art.3 ley 24476
Los formularios que preguntas la respuesta la vas a encontrar en pagina Anses, como me jubilo, opcion moratoria previsional.
Ahora te toca a vos armar una situacion de revista y nosotros te la controlamos. Suerte.
 #3407  por francisco
 
francisco escribió:Hola, la ley aplicable seria la 25994 art.6to o la 24476 cualquiera de las dos.
Creo que salen mas rapido si usas la 25994 art.6to
Beneficios art.3 ley 24476
Los formularios que preguntas la respuesta la vas a encontrar en pagina Anses, como me jubilo, opcion moratoria previsional.
Ahora te toca a vos armar una situacion de revista y nosotros te la controlamos. Suerte.
 #3434  por francisco
 
Olga, Te paso lo de los formularios que figura en la pagina Anses, espero que te sirvanDe acuerdo a lo establecido por la Dirección de Programas y Normas de Recaudación de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) por nota Nº 615/2006 del día 08 de Mayo del corriente año notificó a sus Areas operativas el procedimiento que deberán considerar, a partir del día posterior a la nota, para agilizar la tramitación de los solicitantes de regularización de deuda por periodos prescriptos.

A tal fin decidió prescindir de la presentación de documentación (Formulario 460/ F y 929) y de la captura de los datos correspondientes en el Padrón Único de Contribuyentes (PUC) para todos los periodos prescriptos.

De acuerdo a lo expuesto precedentemente, las áreas a efectos de asesorar a los interesados, deberán tener en cuenta las diferentes opciones en las que pueden encuadrarse los solicitantes, de acuerdo a la información registrada en los sistemas de AFIP y los periodos involucrados en la situación de revista declarada o a declarar. Las mismas se detallan a continuación:
Por periodos hasta 06/2004
• Contribuyentes que posean CUIT pero no registran inscripción como
autónomos (Régimen General o Simplificado):
Podrán declarar su situación de revista en SICAM sin necesidad de modificar
o inscribirse en el PUC (Padrón de Contribuyentes) y sin presentar formulario
alguno.
• Contribuyentes que posean CUIT y registran actividad autónoma declarada
en el Padrón con cese en períodos prescriptos y sin actividad posterior:
No deberán presentar documentación para operar en SICAM. Podrán
ampliar períodos no prescriptos sin necesidad de presentar documentación
alguna.
• Contribuyentes que tienen CUIT y registran actividad en períodos no
prescriptos:
Deberán presentar los formularios F 460/F y/o F 929, según corresponda,
para modificar la situación de revista en SICAM.
• Contribuyentes que no tienen CUIT, pero registran CUIL o CDI (Clave de
Identificación que genera AFIP):
Podrán declarar la situación de revista en SICAM sin presentar
formulario alguno.
• Contribuyentes que no tienen CUIT, CUIL o CDI
Se deberá generar la CUIT con el formulario 460/F, completando la
información que se detalla a continuación, pero no se dará de alta en ningún
impuesto ni recurso de la Seguridad Social
Datos de Identificación
Datos referenciales
Domicilio Fiscal
Domicilio Real
Datos Económicos: Consignar el Código de Actividad 12 (sin actividad
económica)
• Por períodos posteriores a 07/2004 continuará con el procedimiento con el que venían operando.
La utilización de la clave fiscal generada con CUIL o CDI en el SICAM estará disponible a partir del 15 de mayo de 2006.
 #3510  por OLGA HERRERA
 
Mil gracias Francisco, ahora me pongo a trabajar, y después te cuento como quedó a ver si tengo errores.
 #3542  por OLGA HERRERA
 
la sit. sería la sig. a ver si me ayudan tengo que comprar 14 años
ya que tengo un exc. de 9 y 7 por DDJJ
1/58 al 12/64
11/79 al 02/86
y el beneficio por el art. 3ª de la 24476 desde 01/58 al 12/64 y no tengo que hacer ni el 460/F ni el 929. Está bien?
 #3563  por francisco
 
Hola Olga, el exceso edad creo que esta mal son 9 años y 2 meses
si a 30 años le descontas 9 años y dos meses, te quedan para comprar 20 años y 10 meses.
Sitiacion revista01/58 al 02/86( Catego.132)
beneficios
12/71 al 11/78
12/78 al 02/86 art.1 ley 25321
Los formularios si son periodos prescriptos....creo que esta bien lo que decis. Pedi otras opiniones. suerte. :lol: