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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #359816  por luc
 
Consulto, un juicio alboral que iba por la demandada salio con sentencia favorable y costas por su orden. Recien ahora despues de 8 meses el perito intima a pagar el 50% de sus honorairos. No realizo ninguna accion tendiente a querer cobrarle los honrairos al demandado.Una pregunta, primero si yo no lo propuse, fue propuesto por la actora, tengo que abonar? segundo, si esperó tanto teimnpo para intimar al pago, se calculan intereses?
Espero su ayuda, por que la verdad que no le encuentro el sentido si mi aprte no lo propuso, el jucio lo ganamos y las costas son por su oprden...aparte debería primero intentar cobrar del actor creo yo...

Bueno gracias, por la ayuda ya que tengo que contesta el traslado con la liquidacion...
 #359907  por ernestoc
 
Creo que está bien que te reclame el 50% de lo que le regularon, pero siempre lo vi cuando era una pericia propuesta por ambas aprtes, ahora no sé que pasa si vos no propuesiste la pericial...
 #359910  por DoctorPiccafeces
 
En capital, el perito de oficio le puede cobrar la mitad de la pericia a cada una de sus partes, independientemente si fueron condenadas en costas o no.
 #359931  por luc
 
gRacias por ayudarme...y si me hubiera opuesto a que se produzca la pericial también me lo podría reclamar?
 #359977  por luc
 
No debe primero intentar cobrarle a quien perdio el juicio? no le mando ni la cedula...
 #359986  por DoctorPiccafeces
 
Es indistinto, el régimen de ejecución de los honorarios del perito permite ir directamente contra cualquiera de las partes por su mitad, sin perjuicio de quien resultó condenado en costas, y la ratio legis recae en que el perito no trabajó para "una parte" o para la parte que la propuso, sino que su trabajo -designado de oficio- fue para ambas partes, y por eso la ley le da el derecho de reclamar medio arancel a cada parte.