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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #365286  por marielacris57
 
Necesito que me ayuden a encontrar la punta de este ovillo..... tengo una clienta que se caso a los 18 años a los 21 quedo embarazada y se divorcio del marido porque lo encontro con otra desde que nacio su hija hasta que la nena cumplio 14 años nunca supieron de el, o sea se borro el tipo, alos 14 años de la hija el aparecio y le pidio a mi clienta conocer a su hija, psicologo mediante, al los meses la hija accedio, todo esto sin aportar un mango el tipo y la ve a su hija cada muerte de obispo ya que el vive en cordoba y mi clienta y la hija en san luis, resulta que este año la hija de mi clienta se va a estudiar a la universidad a cordoba , o sea ahora lo ve los domingos al padre pero el tipo sigue sin darle un mango, mi clienta quiere hacerle juicio de alimentos y la hija tambien porque ademas de no darle nunca un mango la acosa con que tiene que verlo , me podran ayudar con esto, ya que no se si corresponde que la inicie la madre en representacion de su hija o las dos juntas ya que la hija tiene 18 años a la actualidad, otra duda , desde cuando le puedo reclamar alimentos? la demanda la interpongo en san luis? domicilio de mis clientas?, no hago familia pero este es un caso especial, que la verdad amerita que haga una excepcion, si ,e dan una mano super agradecida
desde ya mchas gracias, marielacris
 #365464  por SALINASPAU
 
Si, la demanda la inicia la madre en representacion de la hija, porque todavia es menor. La debe iniciar en san luis, y denunciar el domicilio del hombre en cordoba. Nunca reclame alimentos anteriores sino desde la demanda, respecto de eso espera mas respuestas.
suerte
 #366085  por chiqui79
 
si la menor tiene residencia en cordoba estimo que la debes presentar ahi, la competencia la marca la residencia del menor, no de la madre porque ella no es la alimentada. Mi humilde opinion. El resto coincido con pau. la madre es representante. yo inicie de uno de 20 y me lo aceptaron.
Saludos.
 #366131  por SALINASPAU
 
Pero la residencia de la menor en cordoba, por lo que entendi es transitoria. La residencia permanente es en san luis. eso entendi.
suerte
 #366333  por chiqui79
 
si es mas comodo hacelo en san luis, pero tene presente la excepcion de incompetencia que te puede plantear la otra parte. Lo importante es donde reside la mayoria del tiempo en el año. Saludos.
 #366780  por Cari76
 
La verdad es que yo también soy nueva en esto, epro si me permitis te doy mi humilde opinión, al margen de que coincido con que la demanda la inicies en San Luis, y que sea la madre la que representa a la hija menor, si la hija está reconocida legalmente por el padre, yo intentaría reclamarle los alimentos que nunca paso a su hija, mas daños oral causado por el lapso de tiempo que el padre estuvo desaparecido ( es decir que la niña crecio la mayor parte de su vida sin la figura paterna), si tenes pericias de la psicologa mejor, la podes aportar como prueba...

Te repito es mi humilde opinión, si alguien cree que esto no puede proceder, que me corrija.-
Gracias, Besos.-
 #366978  por chiqui79
 
en ese caso iria por daños y perjuicios, no por alimentos. La jurisprudencia tiene dicho que los alimentos a reclamar son desde la interposicion de la demanda y no en forma retroactiva. Saludos
 #367173  por marielacris57
 
Gracias a todos por su ayuda, les aclaro (a lo mejor no lo puse), la menor recien este año se fue a cordoba a estudiar, peru su domicilio real es en san luis, de hecho viaja todos los fines de semana a san luis.
Otra, pregunta, entonces no puedo reclamarle alimentos por los años anteriores, ni siquiera por lod dos ultimos?
Gracias nuevamente
 #367196  por chiqui79
 
no, verifica la jurisprudencia del lugar donde vas a entablar la accion, pero la mayoritaria otorga alimentos desde la interposicion de demanda. Saludos.