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  • Servico domestico en negro.-

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #365970  por santiago36
 
Se que hay muchos temas que hablan d esto pero se me hizo un lio...El tema es asi: una mujer trabajo 14 años de empleada domestica en una casa en negro, salvo los utimos 5 meses que le aportaron con el F102 de 12 a 16 hs. Hace unos dias le mandaron una carta documento donde la despedian con causa, porque decian que les habia robado (mentira y no tienen como probarlo)y le decian q pase a buscar su sueldo con intregacion de mes (que no correspnde) y porcentaje de aguinaldo y vacaciones. Yo le conteste donde niego el robo y le pido que me aclaren la situacion laboral en 48 hos bajo aprercibimiento de darse por despedida. Me contestaron a la semana q estaba despedida con causa diciendo de vuelta lo del robo y que no trabajaba hace 14 años. Voy hacer una denuncia al ministerio de trabajo (cordoba). Mi duda es: ella trabajaba a veces menos de 16 otras mas de 16 horas semanales, el tema es q los aportes los hicieron por menos. Por lo visto no se encuadra en el estatuto de S Domestico y menos en la LCT. En caso de tener que reclamar judcialmente? porque ley voy? codigo civil puede ser?
A la vez ellos me reconocieron la relacion laboral en los telegramas, aduciendo q hacia menos de 14 años q ella trabajaba, pero no se..
Con respecto a lo q tendria q reclamar: medio sueldo por año de antiguedad, difercnia de sueldos dos años para atras, ademas de los rubros ya reconocidos. Con respecto a los aportes? se puede reclamar el pago de estos o no? desde ya todo aporte muchas gracias.-
 #366101  por chiqui79
 
no se entiende, si estaba en negro como la despidieron por CD? y tampoco comprendo tu referencia a los aportes???
Estaba parcialmente en negro???
 #366184  por JAVIERDAMIAN
 
hola gente del portal de abogados yo simplemente quiero salir de mis dudas respecto de un caso ocurrido aqui en cordoba la señora trabajo durante 15 años y estuvo blanqueada durante los tres ultimos años y ahora la despiden porque se muda los dueños de la casa y solo le abonan indemnizacion por los años en blanco, esta bien reclamar por los años en negro? como se hace y quiero saber si se tiene en cuenta la cantidad de horas semanales para el calculo de dicha indemnizacion si correspondiere. desde ya muchas gracias javier de rio cuarto
 #366224  por MORGAN
 
Una vez que es despedida, no importa la causa, no puede considerarse nuevamente despedida, es ilógico, lo que podrá hacer es reclamar lo que le corresponda si es que algo le correspondiese. Por el lado del empleo tenés que fijarte si encaja en el decreto 326/56 y reglamentario 7979/56. Pero creo que la parte más interesante podría estar en la imputación del delito que mencionás, que dice textualmente la carta del despido sobre eso?
 #366527  por JAVIERDAMIAN
 
Exacto lo que sucede es que el decreto no considera tal situacion, refiriendome siempre al hecho de blanqueo en los ultimos tres años de quince trabajados, y en caso de que haya algun hecho que se considerase delictivo seria tratado en un juzgado penal tras el inicio de demanda. Reformulando mi pregunta, se puede consultar en alguna otra legislacion para este tipo de casos? o es directamente asunto perdido por no denunciar la situacion de no blanqueo en su momento? espero pronta y certera respuesta, se agradece Javier desde rio cuarto
 #366529  por JAVIERDAMIAN
 
Aprovecho de paso para comentar que no hay carta de despido porque la situacion esta desencadenandose a partir del mes que viene con posibilidad de continuidad en la dependencia laboral con reduccion de sueldo y horas( actualmente se ha firmado por 16 horas semanales), o con despido y liquidacion de un año de trabajo.La respuesta del empleado a tal situacion depende de lo que diga el telegrama de despido? Nuevamente muchas gracias
 #366698  por DAL
 
javier:

Ningun servicio doméstico entra el LCT, salvo que logres argumentar con exito la inconstitucionalidad del art. 2 LCT.
La cosa es así entonces: o cumple los recaudos del decreto de servicios doméstico, que te pide ACUMULATIVAMNETE TRABAJAR POR LO MENOS CUATRO DÍA Y POR LO MENOS CUATRO HORAS CADA DÍA, o no tenes derecho a indemnizacion alguna.
 #366699  por DAL
 
ah, aun no siendo aplicable el decreto, es reclamable el ingreso efectivo de los aportes a la AFIP, o bien puede plantearse el reembolso de lo que la doméstica hubiera pagado, que correspondía a la dadora de trabajo. Pero no lleva multas ni indemnizaciones alternativas.
 #366811  por JAVIERDAMIAN
 
DAL:

Muy agradecido por las observaciones hechas, para dejar algun detalle mas del caso que seria util que me guies es que la señora habia sufrido un despido previo a este, que es definitivo, hace un año y cinco meses con firma de la citada mujer e indemnizacion de acuerdo ambas partes y luego, acuerdo verbal mediante la blanquearon nuevamente hasta estos dias, eso afecta el reclamo de los años anteriores(13 años de trabajo hasta la instancia de blanqueo)? y efectivamente habia estado cumpliendo cuatro horas y algunas nocturnas, todo en negro cuales son las formas de probar esos hechos?, hallabanse involucrados familiares de la señora en tareas laborales en el mismo domicilio.Por ultimo te pediria si sos tan amable me dieras una fuente certera y especifica para buscar en internet los apartados de los decretos que rezan sobre tales situaciones