Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • APELACION DE HONORARIOS

  • Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
 #366647  por adrianne
 
Hola a todos apele honorarios por bajos y el despacho solo dice concedese el recurso de apelacion. Se q gralmente no se fundan los recursos pero no dice como me lo conceden como se entiende ? para saber si tengo q fundarlo o no. Mil Gracias!!! Adri
 #367311  por Pilusa
 
Hola. En provincia de Bs.As es optativo fundar el recurso. Deberían concerderlo en relación.- Una vez firme el auto que lo concede pedí se eleve el expediente al Superior para la resolución del recurso.Saludos