la prorroga la poses hacer perfectamente ...
en cuanto al convenio de desocupación, podes hacerlo tambien para tu seguridad, con firma certificada de escribano publico...
Lo que si tené bien presente que la prorroga debe firmarla si o si el garante o fiador para que se le extiendan los efectos de dicho convenio de prorroga.
art 1582 bis c. civil
Se exige el consentimiento expreso del fiador para obligarse en la renovación o prórroga expresa o tácita del contrato de locación, una vez concluido éste.
Será nula toda disposición anticipada que extienda la fianza, sea simple, solidaria como codeudor o principal pagador, del contrato de locación original". La intención de estos párrafos importa tanto como que el fiador, al tiempo de renovarse o prorrogarse tácita o expresamente la vigencia de un contrato de locación, una vez concluido el período inicial comprometido, tiene la oportunidad de expresar su voluntad en sentido positivo o negativo con relación al compromiso de continuar afianzando las obligaciones del Locatario.