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  • Automotor, titular inhibido

  • Nuevo Foro para los amantes del Derecho Tributario. Saludos a la AFIP
Nuevo Foro para los amantes del Derecho Tributario. Saludos a la AFIP
 #368495  por LLR
 
Hola Amigos: Tengo un cliente que compró un vehículo cuyo 08 tiene la firma certificada del vendedor por el Registro en Julio de 2007. en la agencia le entregaron los papeles para hacer la transferencia en mayo del 2008 , ya que pagó un saldo en cuotas y le retuvieron la documentación. En mayo del 2009 presenta la transferencia, se la toman, le cobran los sellados y a los dos días al retirarla le entregan la documentación con un a Consulta de anotaciones personales donde figura que el titular está inhibido desde el 20/06/2008 por lo tanto no pueden finalizar la transferencia.
Tiene todo tipo de pruebas, seguros, los pagares de la deuda, recibo de compra venta , etc. desde que compró el vehículo a la fecha. Tengo la intención de presentar una tercería de dominio o de mejor derecho por el vehículo. Escucho opiniones, se que en el caso del Registro Automotor hasta que no haces la transferencia no sos titular de dominio, pero hay fallos y jurisprudencia a favor del derecho del comprador.
 #368498  por LLR
 
ME FALTO UN DATO, EL TITULAR ESTA INHIBIDO POR AFIP EN EL JUZ. FED. DE EJECUCIONES FISCALES TRIBUTARIAS Nº 6
 #421273  por mutemroshi
 
Hola LLR, buenas noches estimados colegas..... primero me presento, mi nombre es Fernando y me recibi en febrero, hace rato que visito el foro en busca de informacion pero es la primera vez que escribo y es con motivo de la mima duda que el colega. tengo el mismo problema pero con una moto... y bueno tambien necesito ayuda.
Tenia entendido que la terceria de dominio se utiliza cuando uno es titular dominial de un bien, que esta en manos de un tercero y por algun motivo este bien es embargado, se aplicaria para volve a tener la posecion. estube leyendo el sobre el tema y me parece que lo que mejor cuadra seria una prescripcion adquisitiva de cosa mueble registrable, por el lado de tercero comprador de buena fe a titulo oneroso, pero es mas un aspecto doctrinario que legal, algo se tiene que poder hacer.. asi que si alguien puede ayudar o tiene un modelo que se aplique al tema lo agradeceria muchisimo.
un saludo!!!
 #421958  por ceene
 
hola, les cuento que tengo un caso parecido por no decir igual. Yo considero que el quid de la cuestion es si en el registro automotor esta hecha la denuncia de venta. de este modo es inoponible a terceros. sino la veo dificil pero todo sera cuestion de presentarse donde tramita la inhibicion y solicitar el levantamiento a los fines de transferir.- salute y espero sus respuestas con el resultado de como les fue
curutchetnicolasarrobahotmailcom
 #421991  por DoctorPiccafeces
 
Si su cliente tiene el 08 con la firma certificada ante el encargado del registro o escribano -lo que le da fecha cierta- y la medida cautelar fue trabada con posterioridad a esa fecha, cede el principio de publicidad registral y pueden pedir el desembargo, en primer término, y la tercería respectiva, si el juez no les hace lugar al desembargo.

En su caso, el levantamiento de la inhibición al solo efecto de inscribir el 08.

Pero lo que precisan es el 08 con la firma certificada sí o sí, porque es lo que da fecha cierta y carácter fedatario, sea por escribano o por encargado de registro, además del resto de la documentación que acredite que se trató de un negocio genuino y no de un ardid del deudor con el tercerista para evaporar un bien de su patrimonio.

Primero tendrían que pedir el desembargo simple, si se los conceden el embargante puede apelar, si se lo rechazan es inapelable para el tercero, que debe oponer la tercería si o si valiéndose de toda la prueba que tenga, que aconsejo presentarla con el pedido de desembargo.
 #422388  por ceene
 
DoctorPiccafeces muy claro su comentario pero por sobre todas las cosas su sentido del humor es envidiable. Es buena la de la pizza gratis. Coincido con su punto de vista. Lo saludo atte.