esto es de familia 1 de quilmes:
Al punto II:
Encontrándose debidamente notificada la Sra. ______ de la intimación oportunamente cursada -ver cédula de fs. 98- e importando el silencio mantenido por la misma el reconocimiento del incumplimiento al régimen de visitas provisorio decretado a fs. 39/40, impónese a la Sra. V______ y en favor del Sr. ____-_, la sanción conminatoria prevista en el art. 511 del CPCC segundo párrafo (remisión al art. 37 del mismo código), que se fija en la suma de pesos treinta ($ 30.-) por cada día de incumplimiento en el régimen de visitas homologado en autos. Las sumas deberán ser depositadas o transferidas al banco de la Provincia de Buenos Aires, Sucursal Quilmes Centro, a la órden de este Tribunal y como de pertenencia a estos autos dentro del quinto día de notificada. Notifíquese personalmente o por cédula.