Es que si hubo despido indirecto, es por que hubo una injuria contra el trabajador por que previamente intimo a la registración, salarios adeudados, constituyo en mora, etc..el empleador nego o hizo silencio, y estas causas se comunican por escrito en forma fehaciente (vgr. telegrama y cd). En laboral las comunicaciones son de gran importancia, por los deberes de buena fe, prefijan lo que se reclama en juicio y además se establecen presunciones por el silencio del empleador ante las intimaciones del trabajador.
Igual me estoy llendo de tema, fijate consulta con el mediador por el colega que inicio, es en Capital?