Hola a todos, como estan? Les cuento que debo presentar una demanda por despido, en dentro de muchas cosas solicito se aplique el CCT que considero debe aplicarse y se paguen las diferecnias salariales correspondientes. Ahora el tema es el tope del art 245 de la LCT. Mi pregunta concreta es cuando debo plantear la inconstitucionalidad de dicho art. ya que no me gustaria abrir el paraguas antes de que llueva.
Debo hacerlo que el escrito de inicio, puedo hacer reserva de plantear la inconstitucionalidad mas adelante??
Que les parece??
Muchas gracias por la respuesta
Saludos
Debo hacerlo que el escrito de inicio, puedo hacer reserva de plantear la inconstitucionalidad mas adelante??
Que les parece??
Muchas gracias por la respuesta
Saludos