Colegas me podrian ayudr con el siguiente caso? Voy pr el empleador que es un colegio, depidio a una docente que padece de disfonia (tiene una incapacidad del 15 %) ya esta dada de alta pero en el dictamen de la Comsión médica recomiendan la recalificación. La docente esta a cargo de dos grados, en la recalificación me recomiendan que se haga cargo de un grado y en el otro turno realice otro tipo de tareas, la docente no acepta porque perde el cargo. por lo tanto la despiden. Que indemnización corresponde si debido a la incapacidad que padece no se puede hacer cargo de los dos cursos? No es culpa del empleador. la despidieron por CD el 18/02 el 20/02 manda un telegrama diciendo que la fecha de ingreso es incorrecta que le negaron tareas (pero ya estaba despedida) le contesto? desde ya muchas gracias.
Por supuesto que tenes que contestarle. Si mando un telegrama ley 24013 despues de despedida, dicha intimación es improcedente porq debe realizarse ESTANDO VIGENTE LA RELACIÓN LABORAL. Por otro lado, porque la despidieron?? el cargo lo iba a perder PORQ NO PODIA SERGUIR REALIZANDO LA MISMA TAREA, y eso no es culpa de ni de ella ni del empleador. Además si la perdida del cargo disminuia su remuneración esto no la iba a alcanzar a ella, porque el art. 212 LCT es muy claro al respeto: " el empleador deberá asignarle otras tareas sin disminución de su remuneración". Lo que hubiese correspondido era esto, le cambian las tareas pero les mantenienen las condiciones anteriores a la incapacidad (remuneración, antiguedad, gratificaciones, etc). Esto es un costo que asume el empleador (por su riesgo empresarial), aun sin tener culpa de la enfermedad porque asi lo dice la ley. La norma echa mano a la OBLIGACIÓN TÁCITA DE SEGUIDAD, implícita en todo contrato. ESTO NO LO DISCUTAS, ES ASI. Sin embargo fijate bien como esta redactado el telegrama de despido, en todo caso, respondeles ahora y trata de encuadrar la situación en el 2do parrafo del 212 para aplicar una indemnización del 247. No creo que tengas exito porq por lo que decis el empleador podía darle otras tareas, pero intentalo. Sino le corresponde el 245.
Saludos