Amigos foristas !! Saludos para todos !
Paso a contarles y detallar mi pedido de ayuda :
Empleada ( mucama hotelera ), debe presentarse a trabajar ya que vence el periodo de Licencia por maternidad. Su hijo presente deficiencias respiratorias, que se han cumplicado más de lo esperado es por ello que no pudo notificar a su empleador la acatación al periodo de excedencia, estableciso en la LCT. Ella no quiere concluir su relacion laboral. Cuando llama a su empleador comentándole lo sucedido con su bebe, le informan que debe presentarse a trabajar dado que no intimo en tiempo y en forma 48 HS de vencido el beneficio de licencia por maternidad. A lo que ella le dice, que si podria tomarse las vacacaciones no gozadas hasta el momento, ya que ha tenido un embarazo riesgoso, con reposo domiciliario. A lo que el empleador responde, que estas no correspondian, ya que ésta se habia tomado licencia...
La LCT dice que las vacaciones no tomadas hasta el 31 de mayo se dan por perdidas....con lo cual no puedo hacer nada..
Ahora el convenio colectivo de trabajadores hoteleros y gastronomicos estipula que los trabajadores puden gozar del beneficio de las vacaciones en cualquier momento del año...o algo así....
Obviamente que la madre quiere quedarse con su hijo, hasta éste se reponga...que me recomiendan le sugiera ??
GRacias y saludosssss
Paso a contarles y detallar mi pedido de ayuda :
Empleada ( mucama hotelera ), debe presentarse a trabajar ya que vence el periodo de Licencia por maternidad. Su hijo presente deficiencias respiratorias, que se han cumplicado más de lo esperado es por ello que no pudo notificar a su empleador la acatación al periodo de excedencia, estableciso en la LCT. Ella no quiere concluir su relacion laboral. Cuando llama a su empleador comentándole lo sucedido con su bebe, le informan que debe presentarse a trabajar dado que no intimo en tiempo y en forma 48 HS de vencido el beneficio de licencia por maternidad. A lo que ella le dice, que si podria tomarse las vacacaciones no gozadas hasta el momento, ya que ha tenido un embarazo riesgoso, con reposo domiciliario. A lo que el empleador responde, que estas no correspondian, ya que ésta se habia tomado licencia...
La LCT dice que las vacaciones no tomadas hasta el 31 de mayo se dan por perdidas....con lo cual no puedo hacer nada..
Ahora el convenio colectivo de trabajadores hoteleros y gastronomicos estipula que los trabajadores puden gozar del beneficio de las vacaciones en cualquier momento del año...o algo así....
Obviamente que la madre quiere quedarse con su hijo, hasta éste se reponga...que me recomiendan le sugiera ??
GRacias y saludosssss