Estimados Colegas:
Este es mi 2do post y acá viene mi consulta, les solicito tengan a bien orientarme, el caso es así
Presente un reclamo extrajudicial a una Cia de Seguros por accidente de transito. El tramite duro aproximadamente 6 meses y termino rechazando el mismo. Esto motiva que ingrese una demanda por daños y perjuicios contra el conductor y citando como tercero a la referida Cia se Seguros. paralelamente inicie el beneficio de litigar sin gastos. Notifique de la demanda a la Cia de Seguros pero todavía no pude notificar al demandado.-
Ahora bien, la Cía me llamó y me ofreció un arreglo por afuera, entregan los cheques contra la firma del convenio. Ahora, tenia entendido que la forma correcta seria firmar convenio transaccional y presentarlo en el expediente y luego de homologado el mismo esperar el deposito.
Con esta forma que me propone la Cía no entiendo bien que pasa con las costas. El expediente se deja morir?. No puede haber responsabilidad mia por no activarlo. Si el juez de oficio me inima a producir actividad procesal util no me queda otra que presentar el convenio. No habría mala fe mia e ese caso. me han dicho que no pasa nada, que el expediente se deja morir, pero no quiero equivocarme y tampoco quiero quedar frente al otro abogado como que no tengo experiencia (cosa que es así). Me podrían ayudar? O explicarme las alternativas o los usos en casos como estos para transar. Eternamente agradecido con todos
Este es mi 2do post y acá viene mi consulta, les solicito tengan a bien orientarme, el caso es así
Presente un reclamo extrajudicial a una Cia de Seguros por accidente de transito. El tramite duro aproximadamente 6 meses y termino rechazando el mismo. Esto motiva que ingrese una demanda por daños y perjuicios contra el conductor y citando como tercero a la referida Cia se Seguros. paralelamente inicie el beneficio de litigar sin gastos. Notifique de la demanda a la Cia de Seguros pero todavía no pude notificar al demandado.-
Ahora bien, la Cía me llamó y me ofreció un arreglo por afuera, entregan los cheques contra la firma del convenio. Ahora, tenia entendido que la forma correcta seria firmar convenio transaccional y presentarlo en el expediente y luego de homologado el mismo esperar el deposito.
Con esta forma que me propone la Cía no entiendo bien que pasa con las costas. El expediente se deja morir?. No puede haber responsabilidad mia por no activarlo. Si el juez de oficio me inima a producir actividad procesal util no me queda otra que presentar el convenio. No habría mala fe mia e ese caso. me han dicho que no pasa nada, que el expediente se deja morir, pero no quiero equivocarme y tampoco quiero quedar frente al otro abogado como que no tengo experiencia (cosa que es así). Me podrían ayudar? O explicarme las alternativas o los usos en casos como estos para transar. Eternamente agradecido con todos