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  • FALSIFICACION DE FIRMA EN DOC. PRIVADO

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 #157692  por olimpia
 
Hola gente:

No tengo experiencia en penal. Por ello que quisiera saber cual es la defensa por falsificacion de firma de un documento privado.

El documento privado es un escrito judicial. Cabe aclarar, que el querellante autorizo a que firmaran por él pero como ahora no quiere cumpir con sus obligaciones dinerarias, presento este artilugio. es decir que tenía pleno conocimiento de todo, es más es abogado.

De la pericia caligrafica surge que no pertenece al querellante la firma pero no indica que es del imputado.

Cual sería la defensa entonces??????

Gracias, espero su ayuda

Ol
 #157876  por Pandilla
 
Hola, tengo una duda: "El caso, ¿tiene alguna especie de relación con el viejito aquel de 72 años, o es otro caso?".
Una posible defensa es que "lo que no existe sin autorización, sencillamente, no existe".
Igual, espere otras opiniones.

Saludos.

 #158063  por olimpia
 
Hola Pandilla:

Que memoria, si efectivamente, por llamarlo de alguna forma el "viejito". Muchisimas gracias por tu atención.

Puede ser que el fiscal solo haya investigado la pericia caligrafica, pero no le dio la menor trascendencia un mensaje telefonico grabado donde reconcoce que tiene conocimiento de todo.
Tampoco le dio importancia que éste ha utilizado domicilios legales insinceros, incluso en un escrito presentado por este reconoce el domicilio legal donde fueron diligenciadas innumerables cédulas.

Oli
 #158527  por Pandilla
 
Entonces, el Fiscal no le dice "viejito", sino que le dice "papito". En cuanto a lo de los mensajes grabados, cada cual hace su interpretación. Unos consideran que aceptarlos como prueba puede configurar una violación al art., 18 de la CN, por aquello de "nadie puede ser obligado a declarar en contra de sí mismo"; otros consideran que sólo tienen que tenerse en cuenta cuando involucran a funcionarios públicos en la comisión de un delito durante el ejercicio de sus funciones; otros creen que tiene que existir una afectación real al Orden Público o la Seguridad Pública; y hay varias interpretaciones más. Ahora, el que tiene la decisión final es el Juez.

Saludos.
 #158677  por olimpia
 
Pandilla:

[quote="Pandilla"]Entonces, el Fiscal no le dice "viejito", sino que le dice "papito".
Saludos.[/quote]

Que significa que le dice "papito???????????.

El Fiscal tampoco le dio transcendencia que tenia pleno conocimiento dado que como abogado firmo en audiencia ante el tribunal una acta poder de todo lo actuado en expediente de 400 fojas, y dos cuerpos, o que luego en la ejecucion de sentencia por el monto de la liquidacion que según él es abultada realizó y firmo una acta de mediacion por el monto de la liquidacion ????????????

La verdad no entiendo como se juzga en sede penal.
Saludos

OLi

 #158872  por Pandilla
 
La verdad, yo tampoco lo entiendo.

Saludos.
 #380664  por olimpia
 
Hola Pandilla:

Tendras jurisprudencia sobre falso testimonio, te explicó porque, el fiscal pidio prueba testimonial al abogado que actuo para las contrapartes que fueran demandados por el "viejito"y yo ni me enteré.
Ahora bien este abogado manifesto que su cliente en su momento dijo a modo de comentario que la liquidación que se presento con firma falsificada fue "abultada" por mí.
Lo comico de esto es que "Juancito"no tenia los libros conforme a derecho y nunca presento una liquidación en el juicio de rendición de cuentas, por eso el juez aprobó la liquidación confeccionada por la contadora de esa empresa, y presentada por mí, que es la misma que había solicitado primero Juancitoy nunca presento.
Estoy segura que el "viejito" adorno con $$$$$$$$$ muy bien a este abogado :twisted: :evil:
Olimpia
 #380909  por PenalistaCBA
 
olimpia escribió:Pandilla:
Pandilla escribió:Entonces, el Fiscal no le dice "viejito", sino que le dice "papito".
Saludos.
Que significa que le dice "papito???????????.

El Fiscal tampoco le dio transcendencia que tenia pleno conocimiento dado que como abogado firmo en audiencia ante el tribunal una acta poder de todo lo actuado en expediente de 400 fojas, y dos cuerpos, o que luego en la ejecucion de sentencia por el monto de la liquidacion que según él es abultada realizó y firmo una acta de mediacion por el monto de la liquidacion ????????????

La verdad no entiendo como se juzga en sede penal.
Saludos

OLi

jejejeje... Estimada Doctora... para entender como se juzga y se litiga en sede penal.. previamente debe abandonar una visión estrictamente civilista sobre el objeto de la investigación penal...luego de ello dberá delinear una estrategia jurídica sobre la hipótesis delicitva, que lo llevará a afirmar o refutar en su caso la existencia de la misma... tenga en cuenta que la mayoría de las fiscalías, al no manejar acabadamente asuntos estrictamentes civiles, por aplicación de la máxima "menor esfuerzo" estarán más propenso a no disponer que en autos no se ha configurado la EXISTENCIA DE DELITO PENAL ALGUNO... :cry:

Con respecto a la grabación del llamado telefónico que hace un particular a otro, tenga e cuenta que si bien es cierto de la existencia de las objeciones constitucional que de él hacen cierta parte de la doctrina y la jurisprudencia, a mí punto de vista la mismas obedecen a un planteo erróneo del problema constitucional, pues las reglas y garantías constitucionales lo son en su máxima intensidad ante las intromisiones ilegítmas del estado en la esfera de la privacidad e intimidad de la persona... pero las mismas tienden a de cierta forma relativizarse cuando dichos medios -grabaciones- son utilizados estrictamente entre particulares... bueee...para no aburrila no es propicio desarrollarle mí postura dogmática sobre el tema... pero con maña y astucia... puede legal y legítimamente introducir dicha conversación al proceso penal, y solicitar se haga una pericia a fin de determinar si la voz que recoge el aparato pertenece o no al VIEJITO... que como decimos acá en Córdoba... debe ser flor de culiauuu....!!!..jejeje... :lol:

Espero le haya ayudado un poco con su asunto... *suerte*
 #383341  por olimpia
 
[quote="olimpia"]Pandilla:

[quote="Pandilla"]Entonces, el Fiscal no le dice "viejito", sino que le dice "papito".
Saludos.[/quote]

Que significa que le dice "papito???????????.

El Fiscal tampoco le dio transcendencia que tenia pleno conocimiento dado que como abogado firmo en audiencia ante el tribunal una acta poder de todo lo actuado en expediente de 400 fojas, y dos cuerpos, o que luego en la ejecucion de sentencia por el monto de la liquidacion que según él es abultada realizó y firmo una acta de mediacion por el monto de la liquidacion ????????????

La verdad no entiendo como se juzga en sede penal.
Saludos

Hola gente:
Quería saber cuantas veces se puede solicitar el sobreseimiento, aunque el fiscal solicito el procesamiento, porque dice que siendo un abogado el "viejito" el no tenia conocimiento de la tramitación del expediente, de los escritos que se falsificaron, es decir que no tomo vista del expediente en el año 2004 con tres cuerpos y 400 fojas -se interpuso en 1998- cuando firmo una [b]acta poder en audiencia [/b]del expediente "RESERVADO" en sede comercial( lo hice para que no gastará en escribano que bolu....que fui :x ) Este fiscal no se pregunto que si hubiese querido estafarlo era mejor presentar un escrito adjuntando el poder de un escribano y no hubiese visto el expediente el viejito. A parte, el tur......o saco fotocopia de todo el expedinte ese dia.
Se le curso cinco cédulas (art.141 Cpr.) para notificarle mi renuncia, regulación de honorarios al domicilio que había declarado en el acta poder indicado arriba, y nunca se presento en el expediente hasta que por cédula de secretaria del tribunal le notificaron de la ejecución de honorarios y allí se acordo presentarse en el 2006 con el planteo de nulidad por falsificacion de documento privado.
Cabe aclarar que el domicilio correspondía a su domicilio legal en el CPACF, reconocio en la denuncia que era su domicilio legal, ademas de figurar ese domicilio desde 1993 hasta 2006, en distintos documentos como contrato de locacion, acuerdo alimentario en que actuaba como abogado del requirente, una Carta doc., entre otros; pero el "viejito" en su denuncia dice que es de su hija, que es la propietaria y el fiscal dice: [u][i]que el imputado lo llevo al "viejito" a cambiar de lugar donde había afirmado domiciliarse al sólo efecto de cursar allí las notificaciones que, desde un principio, sabía que luego resultarían infructuosas por no vivir el perjudicado realmente en éste último lugar[/i][/u]"
Por el testimonio de la contadora a la cual le pedimos que confeccionara la liquidación "abultada"????, surgió que primero se lo habian pedido los demandados y que esa misma liquidacion me la paso a mi; ahí tuve la certeza que los dichos en el responde de esos demandados, donde argumentaban que le habian pagado al viejito pero como eran amigos no le habian dado recibo, es por eso que nunca presentaron esa liquidación porque no podian acreditar los pagos que le hicieron al viejito y este se aprovecho de esto para demandarlos, sabia que el juicio lo iba a ganar por eso estaba desesperado por embargarlos para que le pagarán -todos son socios de Yabran Alfredo- y no se insolventaran como lo hicieron.
El fiscal hizo caso omiso a otro poder especial que otorgo en el 2004 -donde la pericia caligrafica determina que fue signada por el "viejito"- para que se lo representará en una mediacion privada contra los mismos demandados por la misma cuestión o sea por la liquidacion "abultada" Según la denuncia había perdido interes en el juicio desde el 2000 porque sabia que estaban insolventes!!!!!!! Acaso no era que no tenía conocimiento ni consentia el juicio?????????????
El "viejito" que es super astuto y con experiencia en estafa -cumplio condena por 4 años-no perdió nada porque como no le pagaron tampoco pago honorarios por que presento la nulidad, lo tenía todo calculado. Por eso la mentacata :evil: fui yo por no hacer un convenio de honorarios tire 8 años de trabajo, este fiscal piensa que para estafar hay que esperar tanto tiempo???
Estoy de la cabeza, no se que hacer :?: :?: :?: .

OLi